En la resolución original se permitía realizar aplicaciones de fitonsanitarios ‘fuera del horario escolar’ y por profesionales matriculados que hayan completados capacitaciones determinadas.

En la nueva decisión, publicada en el Boletín Oficial de este lunes, se modifica el artículo 5 que, ahora norma que debe “Abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios, en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público, cuerpos y cursos de agua emplazados en el  área rural”.

De todos modos, en el artículo siguiente, la decisión del Ministro Sarquís es la de ‘Suspender’ esta misma resolución por el término de un año para producir un protocolo que haya sido trabajado en conjunto con los municipios suscriptores de la misma.