La norma estipula descuentos en la tasa que habitualmente se cobra (Según la Fiscal de este año corresponde a 1% mensual y no puede superar la tasa efectiva del BAPRO en descuentos, que está en 3,2% mensual en septiembre) para quienes salden deudas en un pago o en cuotas.

El decreto menciona que el 1% mensual descenderá un 50%, o sea al 0,5% mensual, en caso que el contribuyente salde sus deudas en un pago.

En el caso que lo haga en cuotas la quita es del 30%, o sea, 0,7% mensual si decide cancelar entre 3 y 8 cuotas y no habrá quita alguna si lo hace entre 9 y 18 cuotas.

También la moratoria alcanza a quienes tengan procesos judiciales o extrajudiciales, pero involucra por parte del pagador, el afrontar las costas del proceso, para que este sea dado de baja.

El Municipio reglamentó un plan de pagos para deudas de tasas