Según el acuerdo, homologado el último jueves por la Secretaria de trabajo de la Nación, la mejora será pagada cada dos meses para la paritaria 2019 y se incluye una cláusula de revisión que se aplicará en caso que en enero de 2020 la inflación haya superado el 27% contando desde el mes de abril del actual año.

Desde el CECO se explico que los trabajadores deberán recibir los aumentos de la siguiente manera: 4,5% en mayo, 4,5% julio, 4,5% en septiembre, 4,5% noviembre, 4,5% en enero y 7,5% en marzo de 2020. Para todos los porcentajes se tomaran en cuenta los básicos del mes de marzo de 2019. Los 2 primeros aumentos se pagaran de manera no remunerativa, por lo que no se aplicaran descuentos y retenciones.

A partir del mes de septiembre, los aumentos otorgados se suman al básico y los siguientes tendrán el carácter remunerativo. En enero de 2020 se pondrá en discusión nuevamente la paritaria si la inflación supera el 27%.

Desde el CECO se remarcó que esta pauta establece un mínimo y que partir de ella pueden otorgar mejoras por encima del acuerdo. Son el piso mínimo y obligatorio para calcular el haber, sin que deban que ser tomados como un techo.

Por cualquier consulta vinculada a la nueva pauta salarial, el CECO pone a disposición a su Secretaría Gremial para despejar cualquier duda y podrán contactarse telefónicamente al 445003 interno 425 ó en la sede gremial de calle Coronel Suárez 2752 primer piso.