El motivo del no reparto es que, dada la exención otorgada del 50% de dicha tasa retroactiva a enero 2020 más el descuento del 50% de febrero 2020, el saldo a pagar por el periodo es inferior al costo del reparto.

Cabe aclarar que los descuentos mencionados se encuentran establecidos en la Ordenanza N° 4510/2020, la cual se promulgó en fecha 31.01.2020 mediante el Decreto N° 405/2020  y se encuentra publicado en el siguiente link: https://www.olavarria.gov.ar/wp-content/uploads/2020/02/405-20.pdf

Por tal motivo, se acordó no repartir dicha cuota y realizar el cobro del saldo de la misma junto con la cuota 03/2020, sin intereses al 20.03.2020.