NA - La decisión, que apunta a "privilegiar la liquidez" de ese Fondo, se formalizó por medio de la Resolución 1/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La Ley N° 24.241 permite el otorgamiento de créditos a beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) por hasta un máximo del 20% de los activos totales del FGS, a titulares de prestaciones cuya liquidación o pago se encuentre a cargo de la ANSeS.

Pero ahora el Gobierno consideró necesaria la suspensión en el marco de la emergencia previsional que declaró a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.

A través de estos créditos, los trabajadores en relación de dependencia con salarios de hasta $1.980.000 podían gestionar un préstamo de hasta $1 millón con una Tasa Nominal Anual (TNA) de 50%, en 24, 36 o 48 cuotas.

Por su parte, los jubilados y pensionados estaban habilitados para acceder a préstamos de hasta $600.000 y los titulares de Pensiones No Contributivas y de la pensión por adulto mayor PUAM, por hasta $250.000, en estos casos con una TNA de 29%, también en aquella cantidad de cuotas.

Esto último lo habían anunciado el entonces ministro de Economía, Sergio Massa, y la entonces directora ejecutiva de la ANSeS, Fernanda Raverta, días antes del balotaje del 19 de noviembre.

El Poder Ejecutivo justificó esta medida haciendo referencia al DNU 70/2023, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025, "ante la severidad de la crisis que atraviesa el país".