Así lo establece el artículo 64 del Código Electoral Nacional -Ley 19.945- que precisa que la prohibición debe comenzar a regir 25 días antes de las elecciones generales que se llevarán a cabo el próximo domingo 22 de octubre.

Entre las prohibiciones está, por ejemplo, la realización de actos inaugurales de obras públicas y el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo

DIB