Desde la mencionada área se recordó que la Ordenanza indica que «el cobro se realizará en cinco (5) cuotas, con vencimiento los días 10 o el primer día hábil posterior de los meses de abril, junio, agosto, octubre y diciembre».

Por último, se recordó que el contribuyente podrá optar también por el pago anual, accediendo a un descuento del 10%, teniendo como único vencimiento el día 11 de abril.