La norma establece que  todo establecimiento, fijo o móvil, habilitado para la venta de cualquier tipo de bebida alcohólica, deberá proveer y garantizar el acceso gratuito al agua potable, suficiente y sin límite alguno. Por su parte, los comercios que brinden servicio de mesa o barra, como bares, restaurantes y cantinas, entre otros; deberán garantizar en la mesa de sus clientes una jarra o botella de al menos 250 cc.

La ley establece que "todos los receptáculos de acceso libre y gratuito al agua deberán estar correctamente señalizados, visibles, con acceso libre, sin dificultades, ni demoras, estar limpios y situarse en puntos independientes de los sanitarios", entre otras pautas.

Foto ilustrativa extraída del facebook de Fomento