Domingo 22 de Diciembre de 2024

LOCALES

9 de julio de 2023

Pasacalles: hasta el 27 de julio hay tiempo para la promulgación de la ordenanza

La norma, aprobada el pasado jueves, todavía no está en vigencia. Hay cuatro caminos posibles para la misma. Por otro lado, trasciende a la cuestión político-partidaria, ya que quedan restringidos los elementos con cualquier contenido. Además, indica que el Ejecutivo puede retirar los que están colocados, una vez que entre en vigencia.

La ordenanza, votada por unanimidad aunque con algunas críticas, todavía no fue remitida al Departamento Ejecutivo para su promulgación, pero lo será en estos días, según pudo saber Radio Olavarría.

El Deliberativo tiene cinco días hábiles para enviarla al Palacio San Martín, o sea, hasta el jueves 13. Luego, el Ejecutivo posee 10 días hábiles para vetarla, vetarla parcialmente o promulgarla. Puede suceder algo más: que el Ejecutivo no haga nada y la ordenanza quede automáticamente promulgada a partir de los diez días hábiles.

La norma identifica como pasacalles a “cualquier elemento que se coloque colgado o suspendido transversalmente uniendo dos extremos distantes uno del otro, que se encuentre paralelos a la calzada o por encima de ella, fijado a cualquier elemento ubicado en la acera o en los edificios frentistas, contenga o no mensajes publicitarios. Para ser definido como tal los elementos que se encuentren suspendidos deberán estar sujeto sus extremidades a dos extremos distantes tomando diferentes objetos de la vía pública o privada”.

En su artículo 2, la ordenanza habilita a la autoridad de aplicación “al retiro de los pasacalles que se encuentren incumpliendo la presente ordenanza”.

También dispone a que se informe un teléfono para que se pueda denunciar donde haya pasacalles.

Por el lado de las sanciones previstas para quien incumpla la ordenanza, que deberán ser definidas por el Juzgado de Faltas local, puede ser en tareas comunitarias o multas que van desde el cuarto a 15 salarios mínimos, pudiendo ser duplicadas en caso de reincidencia.

Los que pueden ser sancionados, son las personas halladas colgando los pasacalles o quienes se compruebe que lo han hecho, pero también “la empresa que haya sido contratada y/o al Partido Político que haya encargado o esté llevando a cabo las tareas”.



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