NACIONALES
21 de diciembre de 2023
“Nunca hubo un decreto de tal magnitud en los objetivos que regula”
Pedro Luis Arrouy, abogado y profesor de Derecho Constitucional, opinó en Lu32 sobre el Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en la noche de este miércoles por el gobierno nacional. Aseguró que uno de los problemas del documento reside en la variedad de cuestiones que se buscan regular, cuando históricamente los DNU se han utilizado para uno o dos objetivos. Además, explicó cuál es el recorrido legal que debe seguir el decreto.
En primer lugar, recordó que la Constitución Nacional establece que el Ejecutivo no podrá, bajo ningún caso, emitir disposición de carácter legislativo. “Esto quiere decir que las leyes, y las normas que regulan nuestros derechos constitucionales las debe emitir el Congreso de la Nación”, completó.
Sin embargo, aclaró que una reforma dispuesta en 1994 comprende un supuesto en donde la presidencia puede arrogarse esa facultad legislativa y emitir decretos que tienen carácter legislativo, pero con carácter de urgencia.
“Esto se da cuando hay una circunstancia tal que el Congreso no se pueda reunir, o que, aunque se pueda reunir el trámite que demora la acusación de una ley sea demasiado extenso para solucionar este problema urgente”, comentó en relación a las circunstancias en las que se puede dar la emisión de un DNU.
En relación al publicado en la noche de este miércoles, el letrado indicó que nunca hubo un decreto de tanta magnitud en cuanto a los objetivos que regula, y que aquí radica uno de los principales problemas. “Hay cuestiones que pueden ameritar una urgencia, una necesidad por parte del Ejecutivo de tomar esa atribución, pero hay algunos temas que tal vez podrían esperar el tratamiento legislativo”, amplió.
Por otra parte, remarcó cuales son los pasos que debe seguir el decreto. Primero, el Jefe de Gabinete – en este caso, Nicolás Posse- debe llevarlo a la Comisión Bicameral Permanente, que está conformada por diputados y senadores. Está Comisión elaborará un dictamen, que será llevado para su tratamiento a las Cámaras. Para que el decreto se caiga, ambas cámaras deben rechazarlo. “Es bastante complejo que suceda”, opinó.
Asimismo, se refirió a la posibilidad de que pueda ser declarado inconstitucional. “Lo que el juez va a evaluar pueden ser varias cosas: una, radica en si efectivamente ha habido una urgencia para que el poder ejecutivo se arrogue esta facultad”.
Agregó que también se debe analizar cada caso concreto, “no es lo mismo regular la receta electrónica que la posibilidad de privatizar las empresas públicas. Son cosas bien distintas, por eso la complejidad”, mencionó, y repitió que hubiese sido más saludable que la discusión sea tratada por el Congreso, “que en definitiva es el órgano constitucional que está llamado para eso”.