Se enumeró, por ejemplo, la circulación sin la documentación habilitante correspondiente, o por hacerlo con la carga destapada, los cual infringe distintos incisos de la Ley Nacional de Transito (N° 24.449).

De manera paralela, se detalló también que se labró infracción a transportistas que fueron sorprendidos circulando por caminos no aptos para rodados de ese porte, con el agravante de haberlo hecho además en días de lluvia, ocasionando severos daños al trazado.

Se recuerda, por último, que esta situación se encuentra prohibida, enmarcada en la Ordenanza Municipal 3684/14, por lo que se apela a la responsabilidad y prudencia de conductores no solo para evitar posibles multas, sino principalmente para preservar el estado de los caminos y no ocasionar complicaciones a las personas que deseen transitarlos.