La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aumentó los importes a partir de los cuales  deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Deben informarse las siguientes operaciones sólo si superan los siguientes importes:

$ 600.000:

Total de consumos con tarjetas de débito del país.

Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

$ 1.000.000:

Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.

Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.

Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.

Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.

Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

$ 2.000.000:

Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.