Miércoles 5 de Febrero de 2025

NACIONALES

4 de febrero de 2025

ANSES rechazó recursos de CFK, de Boudou y no les pagará jubilaciones y pensiones

El organismo previsional indicó que tomó dos decisiones administrativas, ante diferentes recursos de reconsideración que la viuda, ex presidenta, ex vicepresidenta y el ex vicepresidente, presentaron para continuar percibiendo, en el caso de la primera, como expresidente de la Nación y viuda de un expresidente, y en el del segundo, además, buscará recuperar parte de lo cobrado. Afirman que hay sentencias judiciales que avalan a la ANSES para tomar tal decisión.

En el recurso presentado, Fernández de Kirchner sostuvo que ANSES carecía de facultades para revocar las asignaciones de privilegio que percibía, que la decisión fue arbitraria y que se vulneraron sus derechos. Sin embargo, la resolución desestimó estos argumentos, demostrando que el organismo tiene la facultad de suspender, modificar o revocar resoluciones que otorguen beneficios, si se considera que fueron otorgados de manera ilegítima, por lo que la decisión no puede considerarse arbitraria, y el debido proceso quedó garantizado con la misma presentación recursiva que ANSES rechazó.

Esta resolución marca un hito en la interpretación restrictiva del otorgamiento y disfrute de estos privilegios otorgados a ex mandatarios y sus vicepresidentes, estableciendo que su percepción está sujeta, no solo al ejercicio del cargo, sino también a una decorosa y honrosa conducta, mantenida durante el cumplimiento del mismo. De tal modo, ANSES sienta así un precedente clave a considerarse respecto de la relación entre corrupción, responsabilidad política y acceso a beneficios estatales.

Para ANSES, Boudou tiene una condena firme ratificada, primero por la Cámara Federal de Casación Penal y, luego, por la Corte Suprema de Justicia, por un delito cometido en ejercicio de sus funciones como vicepresidente de la Nación. En consecuencia, el organismo previsional entendió que Boudou no cumple con el único requisito exigido para conceder el privilegio: honorabilidad, mérito y buen desempeño.

En su recurso de reconsideración, el exvicepresidente argumentó que la decisión de ANSES de revocar el beneficio constituye un acto arbitrario, que vulnera el principio de defensa, y viola división de poderes, por lo que, ANSES no tendría competencia para el dictado del acto impugnado y debería ser considerado nulo.

La Resolución publicada hoy explica que la Ley N° 24.241 establece que, si se demuestra que una resolución que otorga una prestación es inválida, esta puede ser suspendida, modificada o anulada incluso si el pago ya está en curso. Esto significa que ANSES tiene la facultad de suspender, modificar o revocar resoluciones que otorguen beneficios, si se considera que fueron otorgados de manera ilegítima. Por esto y otros fundamentos técnicos jurídicos, el recurso fue rechazado, y ANSES tomará las medidas necesarias para recuperar para el erario público, los pagos percibidos indebidamente por Boudou.



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