Sábado 20 de Abril de 2024

LOCALES

26 de mayo de 2013

Chicos de hogares convivenciales podrán percibir becas hasta los 21 años

El Senado dio media sanción al proyecto de la senadora María Isabel Gainza que establece que a los chicos alojados en hogares convivenciales los alcance la mayoría de edad a los 21 años para asegurarles el derecho alimentario, de igual forma que a quienes conviven con sus familias.

Durante la sesión de la última semana, la cámara alta bonaerense aprobó la iniciativa de Gainza que ahora será girada a Diputados para su sanción definitiva. “Es un proyecto importante porque equipara derechos y garantiza que los chicos que continúan en los hogares más allá de los 18 años sigan beneficiados por el pago de una beca por parte del Estado, en caso que ellos mismos presten conformidad. Muchos al cumplir esa edad tenían un destino incierto ya que sus familias no podían hacerse cargo de ellos o no tenían un oficio”, remarca la autora de la normativa.

La iniciativa “se propone eliminar la desigualdad existente entre los niños alojados en entidades convivenciales de guarda y aquellos que conviven con su familia en lo referente a su derecho alimentario (manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, vivienda y salud) desde la mayoría de edad hasta los 21 años”, explica la legisladora en los fundamentos.


  Según dispone la Ley Nº 26.579 la mayoría de edad se alcanza a los 18 años. Sin embargo, la misma ley “prevé en relación con la obligación de ambos padres de prestar alimentos a sus hijos (manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, vivienda y salud) que no cesa a la mayoría de edad, sino que se extiende hasta los 21 años, salvo que el hijo cuente con recursos suficientes para proveérselos por si mismo”. Asimismo en materia de previsión y seguridad social dichos beneficios se extienden hasta los 21 años.

En este contexto, la legisladora de la CC-ARI remarca que “la realidad actual indica que alcanzar la mayoría de edad no implica automáticamente haber logrado condiciones de autovalimiento. Es sabido que son altos los índices de deserción escolar secundaria e incluso a nivel inicial y que aún cuando asisten a la escuela, muchos niños –especialmente los que pertenecen a las familias y las comunidades más pobres y marginadas– abandonan sus estudios o terminan los cursos sin haber adquirido las habilidades y los conocimientos que exige el contexto actual”. Asimismo, está claro que “los niños de los sectores más vulnerables encuentran mayor cantidad de obstáculos a la hora de su inserción laboral y social”.

“Si es clara entonces la necesidad de esta previsión en cuanto a niños que conviven con su familia no se entiende el motivo por el cual el Estado cesa el pago de las becas que reciben los hogares convivenciales respecto de los niños que viven allí una vez que han cumplido 18 años, sin consulta a la organización de que se trate ni al niño; generando así una discriminación inaceptable a la luz de las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño (arts. 3, 4, 12, 19), la Constitución Nacional (arts. 16, 75 inc. 22, 23) y la Constitución Provincial (arts. 11, 36)”, fundamenta Gainza.

En este sentido, la legisladora explica que “debemos tener en cuenta que dicha entidad convivencial hubo oficiado como un hogar y a los 18 años de edad deben egresar del mismo sin que se contemple si han o no finalizado sus estudios, si han adquirido oficio alguno, si han ingresado a un ámbito laboral, si están en condiciones de garantizarse la vivienda”. Por eso “el Estado no debe cesar el pago de becas o cualquier otra modalidad de ayuda a las entidades convivenciales, sin consultar, al niño y a la organización que lo alberga, sobre la posibilidad real de autovalimiento”. Finalmente, “en vista del fuerte nexo entre la protección, la educación y la supervivencia infantil, es indudable que invertir en los niños resulta imperativo para combatir la violencia en todas sus formas”.
 



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