No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Si se aceptará un DNI que sea una versión posterior al documento que figura en el padrón.

El elector puede votar presentándose con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que no haya gestionado el DNI.

Para estas elecciones primarias y para las nacionales de octubre, no es obligatorio el cambio del DNI.

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