Miércoles 24 de Abril de 2024

LOCALES

16 de mayo de 2014

Celebran la aprobación de la Ordenanza sobre uso de Agroquímicos

El concejal del Frente Renovador Fernando Quiroga , destacó la aprobación del Proyecto de Ordenanza sobre Buenas Prácticas Ambientales en el Uso de Agroquímicos que surgió tras las reuniones previas de mesa de diálogo y consenso que se realizaron en ADELO con todos los actores involucrados

"Es un proyecto que se encontraba esperando desde hace más de 3 años, y ahora a pesar de contar con los votos necesarios, como bloque, mantuvimos el mismo mecanismo bajo la línea del dialogo y consenso como lo hicimos con el proyecto de ordenanza de indicadores urbanísticos del Arroyo Tapalqué, volvimos a tratarlo en comisión"

Quiroga también destacó "Luego que los bloques UNEN, PJ y Frente para la Victoria presentaran modificaciones e inquietudes sobre el art. 12 del cap.6 en donde se definen las zonas de amortiguamiento donde existan establecimientos educativos y también un inciso del Art.14 del Cap. 7 en donde se define la distancia sobre la franja de protección del recurso hídrico, convocamos nuevamente a una 9na reunión en ADELO donde participó el Ministerio de Asuntos Agrarios, INTA, Colegio de Ingenieros, Aplicadores, entre otros actores involucrados al tema para fundamentar las objeciones presentadas por los demás bloques en la sesión anterior"

En este contexto, días previos a la reunión, Quiroga participó de un encuentro en Azul convocado por INTA AER AZUL y Facultad de Agronomía UNCPBA donde se brindaron herramientas jurídicas, técnicas y de gestión para que los municipios puedan avanzar en la elaboración de legislación vinculada al uso racional y responsable de agroquímicos.

En dicho encuentro las inquietudes objetadas por los demás bloques fueron presentadas al Ingeniero Agrónomo Luís Herrera, Director de Fiscalización Vegetal del Ministerio de Asuntos Agrarios de la provincia de Buenos Aires quien presentó "Proyecto de modificación del Decreto Reglamentario N° 499"

Al mismo tiempo Quiroga reconoció que "el proyecto de modificación del decreto reglamentario 499/91 no prevé distancias a lo que respecta a la franja de protección del recurso hídrico, por eso recurrimos a ordenanzas vigentes como la de Cañuelas y Saladillo en la que contemplan distancias de 20 a 35 mts, en la cual nosotros definimos de 50 mts de distancia a pozos para abastecimiento del establecimiento rural. Cabe aclarar que es distinto a los pozos de captación de agua subterránea destinada al consumo de la Población del Partido de Olavarría que están contemplados bajo la ordenanza 3359/10 que mantiene un radio de 2 km de protección"

 

 

 

El Art. 12 que delimita las zonas de amortiguamiento en donde existan escuelas rurales, luego de ser fundamento quedó sin sufrir modificación, quedando

100 mts del perímetro establecido para aplicaciones terrestres de productos de agroquímicos y 500mts para aplicaciones aéreas. En el caso de los establecimientos educativos las aplicaciones se deberán realizar fuera del horario de clases, debiendo comunicar al establecimiento el día y horario que se apliquen las mismas.

En el proyecto además, se anexaron al Cap 8. el Art. 17 sobre el Registro de Aplicadores de Agroquímicos y en el Cap 10, se anexó el art. 24 de responsabilidad, en cuanto existan colmenares ubicados en el lote a tratar con agroquímicos.

Y por último en el Cap 11 de las sanciones a las infracciones por incumplimiento a la presente ordenanza se quitó del art. 25 sobre apercibimiento. quedando directamente la multa, como sanción pecuniaria por incumplimiento, la cual se graduará en litros de gas oil.



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