Martes 23 de Abril de 2024

LOCALES

30 de mayo de 2014

“Buscamos crear conciencia en la sociedad acerca de la importancia de este tipo de acciones altruistas”

Así lo afirmó Ramiro Borzi, en el marco del Día Nacional del Donante de Órganos. “Hay más de 7500 personas en lista de espera de trasplantes en todo el país”, destacó Pablo Grunewald.

El Gobierno Municipal adhiere a la conmemoración del Día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos, que se celebra cada 30 de mayo.

“Desde el Municipio buscamos promocionar y crear conciencia en la sociedad acerca de la importancia de este tipo de acciones altruistas”, explicó el Secretario de Prevención y Atención Sanitaria, Ramiro Borzi.

Por su parte, Pablo Grunewald, integrante del equipo de “Rayuela” de la Unidad Coordinadora de Políticas Preventivas, destacó: “Hay más de 7500 personas en lista de espera de trasplantes en todo el país, y cuanto más donantes haya es probable que haya más trasplantes”.

De acuerdo a datos proporcionados por la Central de Reportes y Estadísticas del INCUCAI (Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante), actualmente en nuestro país existen 7680 personas en lista de espera de órganos. 

En lo que va del año 2014, se han efectuado 566 transplantes.

La donación y el trasplante de órganos y tejidos se rige en Argentina por la Ley 24.193, que desde el 22 de enero de 2006 incorpora las modificaciones introducidas por la Ley 26.066, también conocida como Ley de Donante Presunto.

La nueva normativa establece que toda persona capaz y mayor de 18 años pasa a ser donante de órganos y tejidos tras su fallecimiento, en tanto no haya manifestado su oposición. Caso contrario la negativa es respetada, cualquiera sea la forma en que se haya expresado.

El artículo 19 bis que introduce el consentimiento presunto entró en vigencia en abril de 2006, luego de 90 días de implementada la campaña nacional de información para difundir los cambios realizados a la Ley, lanzada por el Ministerio de Salud de la Nación a través del INCUCAI.

Todas las personas mayores de 18 años pueden manifestar en forma expresa su voluntad afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo, a través de las siguientes vías:
-        Firmar un acta de expresión en el Incucai, en los Organismos Jurisdiccionales de Ablación e Implante de todo el país, o en la sección Documentación de la Policía Federal.
-        Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil de todo el país.
-        Enviar un telegrama gratuito desde las dependencias del Correo Argentino de todo el país (sólo para expresar oposición), cuyo texto es allí provisto.

En caso de manifestación afirmativa, la persona puede restringir la voluntad a la donación de determinados órganos y tejidos y condicionar la finalidad de la donación. Es decir, puede determinar cuáles son los órganos desea donar y con qué fines -trasplante o investigación-. Cuando se autoriza la donación para investigación, los órganos se destinan a ampliar el conocimiento científico sobre los trasplantes, siempre que exista un estudio en curso.

La expresión afirmativa o negativa puede ser revocada en cualquier momento por el manifestante por medio de los canales mencionados, pero no puede ser revocada por persona alguna después su muerte. De este modo, la legislación protege la autonomía de las personas, dando primacía a la expresión de voluntad en forma explícita.

De no existir manifestación expresa ni a favor ni en contra, la ley presume que la persona es donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el INCUCAI o el organismo responsable solicita testimonio a la familia sobre la última voluntad del fallecido respecto a la donación de sus órganos y tejidos.

Sólo cuando la persona no haya dejado constancia expresa, los familiares directos son quienes dan cuenta de la voluntad respecto a la donación de órganos, y ésta debe condecir con la última voluntad del fallecido.

En caso de tratarse del fallecimiento de menores de 18 años no emancipados, sólo los padres o representantes legales pueden decidir sobre la donación y autorizar o no la ablación de órganos y tejidos.

En el marco del Día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos, desde el INCUCAI se informó que, a partir de este viernes, quienes deseen ser donantes de órganos podrán confirmar vía web su decisión.

Los interesados podrán dejar explícita su voluntad de donar en la página del INCUCAI.

El día Nacional de la Donación de Órganos y Tejidos se instituyó el 30 de mayo para conmemorar la donación de órganos, en homenaje al nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz tras haber recibido un trasplante hepático en un hospital público. 

Este acto representa a las claras la posibilidad de vivir y dar vida después de un trasplante.

Se determina la decisión de un trasplante cuando se han agotado todos los recursos médicos para recuperar la salud del paciente. El trasplante significa el reemplazo de un órgano vital enfermo, sin posibilidad de recuperación, por otro sano.

Los órganos que se trasplantan en nuestro país son: riñón, hígado, corazón, pulmón, páncreas e intestino.

Por otro lado, el trasplante de tejido es un tratamiento médico que consiste en el reemplazo de un tejido dañado por otro sano.
Se trasplantan córneas, piel, huesos y válvulas cardíacas, provenientes de donantes cadavéricos.

Mediante los trasplantes de córneas cada año cientos de personas recuperan la vista, así como también un trasplante de hueso puede prevenir una amputación en pacientes con cáncer de hueso. Las válvulas permiten tratar enfermedades cardíacas, mientras que la piel es empleada en pacientes con severas quemaduras.

La mayoría de las personas pueden donar tejidos. A diferencia de los órganos, los tejidos pueden ser donados hasta 6 horas después de ocurrida la parada cardíaca.



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