Sábado 20 de Abril de 2024

DEPORTES

5 de agosto de 2015

Reglamento particular para la carrera de Olavarría

La final será a 45 vueltas con recarga de combustible. El sorteo será el sábado por la tarde.
Será de “carácter especial”. No se disputarán las pruebas de clasificación ni las series clasificatorias.

Se establece como Reglamento Particular de la Prueba a efectuarse el próximo 23-08-15 en el autódromo “ Hnos. Emiliozzi”  de la ciudad de Olavarrtia, Pcia de BS. AS., las siguientes modificaciones e incorporaciones al actual Reglamento, al solo efecto de la presente competencia.

Art. 1°: A todos los automóviles inscriptos, mediante un sorteo a realizarse el Martes 18 de Agosto, a las 18.00 hs. en la   sede de la  CAF  DE  LA   ACTC,  se les asignarán las  carpas   IMPARES  Y  PARES,  del  sector   de boxes, a la cual podrán concurrir los Jefes   de Equipo.y/o  Concurrentes.-    

Art. 2° : Esta competencia será  de “carácter especial”.   No  se disputarán  las pruebas de clasificación ni las  series clasificatorias.   Se efectuará una PRUEBA   FINAL con un recorrido total  de 45  (cuarenta y cinco ) vueltas y/o un tiempo máximo de  75 ( setenta y cinco ) minutos de  duración.-.

Art. 3° : A los pilotos inscriptos,  ordenados por el estado del presente campeonato hasta esta Carrera Especial,  se los  dividirá  en tres  tercios.       Luego  mediante  otro  sorteo,  que   se  efectuará el día sábado 22  de  Agosto  a las  18,30 Hs. en la  zona de  Boxes,  se determinará  la ubicación  de  los integrantes   de  cada tercio, dentro  del mismo. La  grilla   de largada   de la prueba  FINAL  se  conformará primero con los  integrantes del 3° Tercio, luego con los  del 2do. Tercio y a  continuación con los pilotos  del 1er. Tercio.

Art. 4°:  Todos los competidores estarán  obligados a detenerse  en boxes  para  realizar un reabastecimiento de combustible, estando habilitados los  mismos  a partir   de la   quinta  vuelta, a los  efectos aludidos. Los vehículos ubicados en boxes impares deberán hacerlo cumpliendo  las vueltas impares. Los vehículos ubicados en boxes pares deberán hacerlo cumpliendo las vueltas pares. En todos los casos será de libre elección del piloto la vuelta para efectuar la detención. Se entiende por “cumpliendo” el momento en pasar por la torre de control cerrando la vuelta respectiva.

En caso de entrar el Pace Car durante cualquiera de las vueltas indicadas, se mantendrán los boxes cerrados. En el supuesto que por este motivo los boxes estuvieren cerrados, al reanudarse con bandera verde,  se mantendrá el criterio establecido de vueltas pares e impares.

Para esta  competencia no será   de aplicación lo dispuesto en los  Art. 34°  y  37° del Reglamento  de Campeonato 2015 de la  categoría.

Art. 5°: Los únicos trabajos que se permitirán en el momento de la detención de  reabastecimiento,  será la limpieza del parabrisas y  de la entrada de aire al canalizador del radiador, cualquier otro tipo de trabajo o reparación, deberá efectuarse en el interior  de boxes.

Es opcional la  detención o no del motor en el momento de parar para el reabastecimiento  de combustible.  Se permitirá la ayuda externa a los efectos que fuera necesario para el arranque del vehículo.

La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo hasta la desclasificación según sea la falta y a criterio del Comisariato Deportivo.

Art. 6°: Prioridad de salida. La prioridad de tránsito en la calle de boxes la tendrá el vehículo que circule por ella sobre el que comienza  a realizar la maniobra de salida luego de la recarga   de combustible.         La violación al presente artículo será  sancionado por el Comisariato Deportivo.

Art. 7°: Designación de Veedores. El control y supervisión del trabajo de reabastecimiento  será realizado por un número de hasta 23 veedores, designados por este Ente Fiscalizador, por su experiencia y conocimiento,  cuya nómina será entregada al Comisariato actuante.

Art. 8°:  Identificación de auxiliares. Cada  equipo podrá disponer de  un máximo  de 4 colaboradores que deberán estar  provistos  con la indumentaria establecida en el Reglamento de Campeonato ( Art. 55° Inc. 11°),  con  la correspondiente  identificación  con  el número del auto.   Uno de ellos será el encargado de dar la orden de detención y reinicio de marcha, luego del reabastecimiento, debiendo autorizar la salida solo en el caso  que  no sea perjudicado  otro vehículo. Este auxiliar encargado de dar la  orden de  detención y salida del vehículo pertinente, deberá  estar provisto de un cartel indicatorio y se adelantará exclusivamente fuera  de la  franja pintada de  seguridad a tales  efectos, para  que luego de detenido el vehículo dejar habilitados los tres (3) restantes auxiliares en dicha zona.        Otro será el encargado y responsable  del matafuego, quien deberá instalarse al lado  de la  carga.    Los restantes dos (2) colaboradores   harán   el   reabastecimiento   con   los  elementos    homologados para el mismo. Estos tres últimos deberán utilizar ropa interior y capucha ignífuga, como así buzo antiflama, guantes y casco protector.

Art. 9°: El viernes 21  y el Sábado 22 de Agosto en oportunidad de realizarse las pruebas de entrenamientos, se intercalará  un  simulacro de  recarga obligatorio, a los  fines de familiarizarse con la presente reglamentación. Los pilotos  inscriptos serán divididos  de  acuerdo al  sorteo previo:  en Boxes Impares  y Boxes Pares, teniendo habilitado el circuito cada  día  durante  40 ( cuarenta) minutos, desde la  apertura   de  boxes, cada  grupo. Cada  grupo de pilotos  de  Boxes Impares y de Boxes Pares será  dividido  por mitades  en Sub-Grupo “A”  y Sub- Grupo “B”,  teniendo habilitado la pista durante  diez (10) minutos,  desde la  apertura   de boxes  cada  día,  conforme  al organigrama   de la  competencia, a  los  fines   de poder realizar una práctica  de la  recarga   de  combustible.

Art.10° - El día Viernes  21 de Agosto, al finalizar la  actividad en pista, se realizará una  reunión con los  jefes de equipos, los  que  serán  responsables de las  faltas que produzca su equipo, para lo indicado en el presente  R:P.P., quedando el Comisariato  Deportivo actuante en la  competencia a disposición de ellos, para poder consultar cualquier duda antes  de la realización de la PRUEBA  FINAL.-

Art. 11°.—PUNTAJE DE LA PRUEBA:   se  asignara a los pilotos clasificados el puntaje  indicado  para una PRUEBA  FINAL, en  el  Reglamento de Campeonato  de la  especialidad ( Art. N° 5),  para  el  Campeonato Argentino  de Turismo Carretera 2015.

Art. 12°: Todo vehículo que largue la competencia final, deberá ingresar al parque cerrado, aunque no hubiera concluido la misma.

Art. 13°: Por razones de seguridad éste  RPP podrá  incorporar modificaciones pertinentes.

Fuente: ACTC - Circuitounoweb



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