Sábado 20 de Abril de 2024

LOCALES

26 de mayo de 2016

El acto de firma de escrituras se realizará el 8 de junio

El acto es organizado en forma conjunta por la Municipalidad y la Escribanía General de Gobierno. Será el día 8 de junio, a las 11 horas, en el Salón Rivadavia. En esta oportunidad se firmarán 152 escrituras sociales, de las cuales 39 familias han afectado su vivienda a Bien de Familia. Los citados deberán presentarse a las 10:30 horas con la documentación requerida.

La Municipalidad del Partido de Olavarría, en forma conjunta con la Escribanía General de Gobierno, llevarán a cabo el acto de firma de Escrituración Social el día 8 de junio, a las 11 horas, en el Salón Rivadavia, sito en Rivadavia 2861.

En esta oportunidad, se firmarán 152 Escrituras Sociales, de las cuales 39 familias han afectado su vivienda a Bien de Familia, denominada a partir de la modificación del código “Afectación a Vivienda”.

Esto es posible a través del convenio suscripto entre la Municipalidad de Olavarría con la Escribanía General de Gobierno, bajo el marco de la Ley 10.830, que permite en forma gratuita a quienes cumplan con el requisito de ser su única vivienda, familiar y de ocupación permanente, acceder al título de su propiedad.

Desde la Dirección de Casa de Tierras y Regularización Dominial, dependiente de la Subsecretaría de Legal y Técnica, se informa que todos los beneficiarios deberán presentarse con documento de identidad, fotocopia del mismo y constancias de CUIL, CUIT o CDI.

En caso de estar divorciado, sentencia de divorcio o en su defecto acta de matrimonio con su nota marginal y de presentarse en carácter de apoderados deberá presentar testimonio del poder.

Se cita a las siguientes personas que deberán acreditarse a las 10:30 horas con la documentación requerida:

Acosta, Mirta Mabel; Acuña, Alfredo Aldo y Pérez, Marta Leticia; Adamuchi, Rubén Osmar y Ayalef, Stella Maris; Aguiar, Gustavo Daniel y Vidal, Andrea Paola; Álvarez, Andrés Karina y Salerno, Gastón Alberto; Amado, Olga Inés; Amalric, Lidia Noemí (C.) y Ricaud, Alberto Orlando; Amarillo, Jorge Abelardo y Ortiz, María Angélica; Andreu, Alejandro Américo y Castillo, Verónica Elizabeth; Arenzo, César Darío; Armendano, Sergio Gustavo y Pardo, Susana Inés; Ávila, Zulma Araceli; Ayala, Luis Marcelo (V.) y Morena, Patricia Haydeé; Bacchiarello, Pedro Luis (V.) y Spanevello, Elvira Alicia; Barragán, Juan Carlos y Gómez, Marcela Alejandra; Barraza, Carla Soledad y Alzogaray, Marcos Leonardo; Benedetto, Emilio Miguel; Benítez, Mariela Yamila; Benítez, Natalia Marta Susana; Berazategui, Marcela Beatriz y Izarriaga, Gerardo Victoriano; Bermay, Monoica Graciela; Bórmida, María Cristina; Broglia, David Nicolás (C.) y Wilhelm, Natalia Rocío; Broglia, Oscar David; Brunetti, Osvaldo Antonio; Burgos, Leonardo Andres y Díaz, Natalia Marisel; Calderón, Andrea Soledad y Abot, Luis Alberto; Calderón, José María; Calderón, Marilina Verónica y Urbina, Sergio Fabián; Canobi, Delia Beatriz (V.) y Beltramella, Carlos Alberto (V); Cardilo, Luis Marcelo y Lobos Albornoz, Lorena María; Castiñeira, Iris Mabel (V.); Castro, Ana María (V.) y Santellán, Carlos Hugo; Castro, María Luisa (V.); Castro, Oscar Alfredo y Ponce, Verónica Beatriz; Cazes, Gustavo Javier y Gallo, Mabel Cristina; Cazot, Mario Aníbal y Carreras, María Josefina; Chantir, Graciela María; Chaparro, Alejandra Mabel; Cisneros, Silvia Esther y Acevedo, Sergio Rodolfo; Cogley, Jorge Eduardo y Ortiz, Stella Maris; Cometta, María Raquel; Córdoba, César Ezequiel y Verón, Noelia Jaqueline; Córdoba, Cintia Giselle y Rey, Jorge Alberto; Coronel, Vanesa Elizabeth; Cortés, Juan Alberto y Rivulota Curia, María De Los Ángeles; Cruz, Alberto Fernando; Cucaresse, Luis Humberto; Della Maggiora, Karina Beatriz; Devincenzi, Jova Clara; Díaz, Marcela Andrea; Diez, Marcos Edgardo; Domínguez, Andrea Mirta y Siebenhaar, Carlos Santos; Echeverría, Nancy Ethel (V.) y Echeverría, Ricardo Alfredo; Espil, Marcelo Ariel y Núñez, Mónica Giselle; Espinoza, Diego Andrés y Beñaldo, Victoria Luciana; Estrada, Julio Orlando y Romero, Lucrecia Soledad; Etchecolatz, Rosana Hebe; Etchepare, Héctor Horacio (V.) y Galvez, Basilia; Farias, María Cristina; Fernández, Haide Estela; Fernández, María Celeste; Fernández, María Cristina; Franco, Miriam Mabel; Fredes, Carlos Roberto y Lunatti, Elsa Mabel; Fredes, Mario Enrique; Fuche, Mónica Edith; Galván, Bartolo Biterbo; Galván, Viviana Marisol; García, Olga Virginia y Vitale, Alberto; Gauna, Jorge Eduardo; Gómez, Débora Yésica; Gómez, Fabricio y Córdoba, Natalia Lorena; Gómez, Silvia Ermelinda; Gon, María Del Carmen; Góngora, Lidia Susana; Glok Galli, Melisa; Gregorini, Mónica Teresita (V); Grisolia, Alicia Susana; Heinrich, Karina Elizabeth; Hernández Brisioli, Rodrigo Martín y Salaberry, Giselle; Hernández, Luis Antonio; Interdonado, Marianela y Sánchez, Fernando Oscar; Iparraguirre, Juan Enrique y Cavaleri, Norma Beatriz; Irigoyemborde, Graciela Noemí; Janson Gualdurralde, Mariela Viviana y Bichi, Juan Eduardo Emilio; Jerez, Miguel Ángel y Ferreyra, Paola Mariana; Laborde, María Edda; Landoni, Hugo Daniel; Laplace, Silvia Noemí; Laveglia, Gerardo Fabián; Leal, Yésica Romina y Pedernera, Pablo Andrés; Leguizamón, María Rosa y Zárate, Alejandro Leonardo; Lobos, Abel Horacio y Salías, María Sara; Lobos, Andrea Carina; López, Juan Marcelo y Verón, Claudia Yanina; Luengo, Mariano (V.) y Fernández, Raquel Lilia; Manzanares, Fernanda Verónica; Marconi, Guillermo Rubén; Martínez, Gladis; Martínez, Hugo Víctor y Martínez, Liliana Graciela; Martínez, Laura Andrea; Martínez, Luis Gabriel y Giacomaso Farra, Susana Isabel; Martínez, Pedro; Martínez, Víctor Emanuel y González, Lucrecia Silvina; Melotto, Pedro Martín (Apod.) y Melotto, Pedro Oscar; Mensi, Hugo Rafael; Miguez, Pamela Valeria; Montenegro, Ricardo Bautista y Ordóñez, María Elena; Montero, Osvaldo Luis (V.) y Pardo, Marta Raquel; Morales, María Alejandra (V.); Morena, Juan Alberto; Mattaini Hermanos Sociedad Anónima (V.); Musotto, Gustavo Hugo y Gurrieri, Laura Andrea; Nadares, Juan Horacio y Salomón, Analía Emilse; Nápoli, Alejandra Elisabet; Navarro, Armando Andrés y Martínez, Marisa Andrea; Newbery, Diana Karina y Banegas, Daniel Alberto; Noguera, Luis Alberto y Pacheco, María Del Carmen; Noms, Elba Marcela y Pérez, Miguel Ángel; Núñez, Carlos Rolando y Durán, María Del Valle; Orden, Noelia; Ortiz, María Eugenia y Utzet, Luciano Emmanuel; Ortiz, Mauro Eduardo Justiniano; Paganti, Pedro Federico y Cejas, Jaquelina Soledad; Paggi, Alberto Daniel (V.); Pal, María José; Palacios, Sonia Andrea y Araña, Ricardo Daniel; Parodi, Maximiliano Ariel (Apod.,C.) y Horn, Lidia Graciela; Pascua, Mario Adolfo y Godoy, Alicia Esther; Peralta, Matías José y Abot, Patricia Verónica; Peralta, Mauricio Roque y Melotto, Mariela Alejandra; Pérez, David Omar y Cogley, Rita Soledad; Pérez, Estefanía Mariana y Masson, Roberto Daniel; Pérez, José Luis y Andrade, Ada Rosana; Pérez, Paola Fabiana; Perglione, Mario Luciano y Ponce, Natalia Noemí; Petetta, Jonatan y Mendizábal, Silvia Soledad; Pierce Bacchiarello, María José; Plaza, Miguel Ángel y Vivas, Amalia; Ponce, Roberto Carlos y Laite, María Luciana; Pron, Gustavo Adolfo y Babi, Ana Marina; Pron, Juan Manuel (V.) y Rojas, Helida Mabel; Pullol, Mauricio José; Quiroga, Karina Beatriz (V.); Quiroga, Natalia Luján; Ramadan, Sofía Reneé; Ramallo, Néstor Fabián y Hass, Rosa Ana; Ramírez, Guillermo Aníbal; Ramírez, Rosa Haydeé; Rasposo, Abel Horacio; Rasposo, Ana Soledad; Reyes, Rubén Alberto; Risso, Mario Osvaldo; Roldán, Pablo José y Calderón, Soledad Natalia; Salazar, Néstor Victorino y Albonoz Aravena, Ana Rosa; Sanabria, Nancy Yésica; Saunders, Roberto César (V.) y Cisneros, María Del Carmen; Sayago, Fernanda Karina; Smidt, José María y Allende, Olga Raquel; Soraiz, Nilda Zulema; Tevez, Daniel Alberto (V.) y Ciros, Mabel Margarita; Tobio, Liliana Marisol; Valdéz, Nora Mabel; Vales, Esteban Fabián; Valicenti, Rubén Arnoldo; Vázquez, Leonardo Oscar; Vidal, Lidia Alejandra Carina; Villarreal, Jorge Omar (V.) y Riegler, María Cristina; Vivas, Juan Carlos; Vivinetto, Víctor Ángel (V.), Vivinetto, Guillermo Wilfredo (V.) y Vivinetto, Ana Alicia; Warner, Lucio Miguel.

 

Más información

Por mayor información y/o consultas dirigirse a la Dirección de Casa de Tierras y Regulación Dominal, sita en Rivadavia N° 2861, o bien comunicarse telefónicamente al 440442 interno 1903/1753.

 

Controles de alcoholemia

Desde el Juzgado de Faltas se informó sobre los procedimientos de alcoholemia que realiza habitualmente la Dirección de Control Urbano y la regulación que existe al respecto. El objetivo de los controles es generar mayor concientización acerca de los riesgos de conducir bajo los efectos del alcohol, que altera el comportamiento y disminuye la capacidad de conducción de manera idónea.

 

La Municipalidad del Partido de Olavarría, a través del Juzgado de Faltas, a cargo de la Dra. María Celia Alem, informa sobre los procedimientos de alcoholemia y la regulación al respecto.

Los objetivos específicos de los controles de alcoholemia y otras sustancias tóxicas son, por una parte, medir el nivel de concentración de alcohol en sangre y detectar alteraciones en la conducta por ingesta de sustancias tóxicas y por otra, generar una concientización acerca de los riesgos de conducir bajo los efectos de sustancias que alteran el comportamiento y disminuyen la capacidad de conducción de manera idónea.

En todos los casos, el consumo excesivo provoca consecuencias, sobre las funciones psicomotoras, sobre la visión del conductor y sobre el comportamiento y la conducta.

A modo general, se recuerda que los límites permitidos para conducir, según la legislación vigente: vehículo particular: 0,50 g/l (gramos de alcohol por litro de sangre), motocicletas: 0,20 g/l (acompañante 0,50 g/l) y transportes públicos y de carga: 0 g/l.

Una persona puede decidir someterse o no a un control de alcoholemia. En el caso de que lo haga se le indica cuáles son los máximos permitidos.

Procedimiento

En caso de que el infraccionado fuese sorprendido conduciendo en estado de intoxicación alcohólica, estupefacientes u otra sustancia que disminuya las condiciones psicofísicas normales, se podrá retener preventivamente al conductor el tiempo necesario para recuperar el estado normal, no pudiendo exceder dicha retención las 12 horas.

Está prohibido conducir todo tipo de automotores con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre, o motocicletas y/o ciclomotores con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. En caso de conducir vehículos destinados a transporte de pasajeros, de menores y/o carga, está prohibido hacerlo con cualquier concentración de alcohol en sangre.

La negativa a someterse al control de alcoholemia hace presunción de conducir en estado de alcoholemia positiva punitiva.

En caso de haber sido infraccionado por conducir en estado de alcoholemia positiva punitiva, se retendrá preventivamente la Licencia de Conducir por los plazos establecidos y se graduará la multa de acuerdo a su gravedad, sin prejuicio del derecho del infraccionado a presentarse dentro del plazo de notificación y/o espontáneamente, a efectuar descargo y producir la prueba de que intente valerse, para enervar el contenido del acta de comprobación.

Accesoriamente, podrá imponerse la pena de inhabilitación para conducir.

 



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