Jueves 28 de Marzo de 2024

LOCALES

26 de enero de 2017

Elección de delegados: se conocen más detalles

Además del decreto 3290, firmado por el intendente, que dispone la realización de consulta no vinculante para la compulsa, trascendieron otros detalles, al momento que los postulantes fueron a buscar la planilla para anotarse. Avales exclusivos, boleta única, horario de los comicios, personal que lo realizará y algunas prohibiciones que, escritas, habilitan la polémica.

Cuando los interesados concurren a la Dirección de Delegaciones allí se les explican algunos puntos que no han sido difundidos, como por ejemplo que para que los avales que los vecinos les otorguen sean válidos, deben ser obtenidos solo por un candidato.

Es un punto con su complejidad, aunque cierto es que se replica la letra de la ley provincial que rige las cuestiones electorales.

Además se pide la copia del documento del vecino que presta el aval, cosa que algunos postulantes lo ven como que dificulta la tarea.

Se dispuso que el 8% de los vecinos empadronados debe dar el aval y que si hay un aval que se repita, en dos o más listas, se eliminará y, probablemente, pueda hacer caer postulantes.

Por otro lado, se afirma que la oficialización de los postulantes se realizará el 1 de marzo.

Quienes controlen las mesas de votación será personal municipal, que debe ser puesto en conjunto entre la dirección de personal y la de delegaciones. Será una tarea paga, según explica el decreto.

El horario de los comicios será entre las 10 y las 16, según lo que dispone el decreto reglamentario, que también indica que la dirección de diseño del municipio será la encargada de confeccionas las “boletas únicas” que se utilizarán.

En el Anexo II del decreto 3921/16, que reglamenta al 3290, el punto 6 tiene una nota aclaratoria que dispone, explícitamente, algo que había sido mencionado por la gestión de Cambiemos, la imposibilidad de inscribirse a nombre de un partido político, o también, aquí la novedad, de una ONG o institución intermedia. También la aclaración explicita que las referidas no podrán avalar ni apoyar alguna candidatura.

Esto ya estaba dispuesto en el artículo 11 de la ordenanza original, pero se repite en esta aclaratoria. 

Por otro lado, se dispone que sea la Dirección de Delegaciones la que se encargará de controlar todo esto, ya que en el artículo 12 del decreto original, así queda plasmado.



COMPARTIR:

Comentarios