Explicó que Rigada, el 3 de enero de 2016, ingresó a una velocidad excesiva a la rotonda. Quedó probado que manejaba con una dosis de alcohol en sangre y además estaba vigente una orden de internación emanada por la Justicia de Familia.

Además, gracias a una filmación del Centro de Monitoreo, se probó que hubo un frenado de pánico lo que da el indicio de que tenía control sobre el vehículo y no, como quería hacer parecer de la Defensa dijo la fiscal, que no lo tenía.

La condena lograda, un año de prisión en suspenso e inhabilitación por dieciocho meses parea conducir, es lo que prevé el código penal, sostuvo la fiscal.

Más allá de eso, sostuvo que hay una falta de respeto a la normas que nos rigen como sociedad y consideró que de este tipo de hechos hay más de dos o tres diarios.

Alonso aclaró que se lo escuchó también al acusado antes de acordar la sentencia.

En ese marco reconoció que la familia impulsó este tipo de acuerdo, ya que no quería ir a juicio para no revivir todo lo sucedido y la pena, señaló la fiscal, es similar a la que se hubiera obtenido en juicio.

Se lamentó por la poca pena, pero sostuvo que los delitos culposos se manejan en ese rango.