Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

18 de diciembre de 2018

Crhistian D’Alessandro: “Este fallo actuará como precedente”

Lo dijo para Radio Olavarría, el reconocido abogado previsional, al referirse al fallo que la Corte Suprema declaró inconstitucional, al índice que utiliza Anses, para calcular jubilaciones

 Dijo que son 150 mil expedientes que rondan, para que se les equipare el sueldo, como se hacía hasta ahora

Estas personas esperan que la justicia les dé la razón. No solo beneficia a ellos, sino a los que no han hecho juicio y están habilitados para hacerlos todos los jubilados, hasta que el Congreso resuelva la cuestión de fondo.

Mientras los haberes no se recompongan por una ley, seguirá habiendo injusticia, y deberá resolverse en los fueros judiciales

Lo que se declaró inconstitucional, son los índices por lo que los nuevos jubilados deberán evaluarse uno por uno, pasando previamente por la justicia.

Los que están por jubilarse, dijo que aún falta leer la letra chica. Para saber qué índice es más conveniente, y luego nuevamente insistió que es el Congreso Nacional el que debe resolver.

Es grande la diferencia entre un índice y el otro, comparó, y que el más beneficioso, es el que venía aplicando la justicia.

Advirtió que esto no le causa un perjuicio al gobierno, porque incluso está presupuestado.

Recordemos que la Corte Suprema de Justicia ratificó que las remuneraciones  para el cálculo de las jubilaciones, deben actualizarse por el ISBIC (índice de salarios básicos de la industria y la construcción) y  se debe realizar sin el límite temporal de la Ley de convertibilidad 23.928, que la Anses había fijado en 1995.

Esa actualización del ISBIC,  tuvo mayor variación y se incrementó un 435% contra 178% del RIPTE. De esta forma, declaró inconstitucional la aplicación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), que es utilizado por la Anses desde 2016 y que había sido establecido por varias resoluciones del Gobierno.

Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco conformaron el voto de la mayoría. Carlos Rosenkrantz —presidente del tribunal— fue el único que votó en contra.

 

 



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