Jueves 28 de Marzo de 2024

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18 de enero de 2019

Hay un límite en el aumento del gas a PyMEs y Entidades de Bien Público

Daniel Convertini coordinador de Relaciones Institucionales de Camuzzi Gas, dialogó con Lu 32. Explicó lo del límitedel incremento del 50 por ciento en el valor del gas, para todas las pymes y entidades de bien público que soliciten el beneficio.

Dijo que lo que está disponible es un límite de incremento en dos categorías, que son los usuarios que usan gas para actividades comerciales o de producción.

Por otro lado también abarca a entidades de bien público: comedores, clubes, centros de rehabilitación, etc.

Marcó que este tipo de asociaciones tiene como insumo básico el gas, y lo que asegura es un límite del 50% de lo que puede subir la factura del mismo, relativo a lo que pagaba en la última adecuación tarifaria. Este beneficio está en vigencia desde el 8 de octubre del año pasado.

No hay límite de tiempo para inscribirse para el beneficio, aclaró. Explicó que es necesario en el caso de las pymes registrarse en el ministerio de producción. Y las entidades de bien público se deben anotar en un registro del Ministerio de Desarrollo social. 

Ante la consulta de si puede ser el aumento mayor de 50% en el resto de las tarifas, dijo que es de acuerdo a cada caso, pero en dinero son 300 pesos para un usuario común residencial.

Este límite se aplica a todas las facturas que se emitan por los consumos realizados a partir del mes de octubre de 2018  y está dirigido exclusivamente a los usuarios SGP1 y SGP2 de Servicio Completo como por ejemplo pequeñas industrias, establecimientos gastronómicos, hosterías, almacenes y demás locales comerciales; como así también a las distintas entidades de Bien Público tales como asociaciones civiles, organizaciones comunitarias sin fines de lucro, institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, entre otros.



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