Miércoles 24 de Abril de 2024

LOCALES

25 de octubre de 2019

Documentos válidos para votar

Todos los ciudadanos habilitados para votar podrán hacerlo tanto con el nuevo DNI tarjeta como con el DNI libreta celeste, el DNI libreta verde, la libreta de enrolamiento y la libreta cívica

No obstante, es importante tener en cuenta que no se permitirá el voto de personas cuyo documento corresponda a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Es decir, un elector puede presentarse con libreta de enrolamiento o libreta cívica siempre que nunca haya gestionado el nuevo DNI.

También podrá votar si se presenta, por ejemplo, con un DNI triplicado y en el padrón figura que se le otorgó un duplicado. Serán aceptadas todas la versiones posteriores a la que figura en el padrón.

Otro ejemplo: no podrá votar con un DNI duplicado si en el padrón figura que ha tramitado el triplicado.

 

Según consta en la web de la Cámara Nacional Electoral, para las elecciones nacionales no es obligatorio el cambio del DNI; los votantes deberán utilizar el que tienen actualmente, siempre y cuando se encuentre en buen estado.

Por último, cabe destacar que aunque en el DNI tarjeta figure la leyenda “no válido para votar”, igualmente se puede utilizar para acreditar la identidad en la mesa de votación.



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