Sábado 20 de Abril de 2024

LOCALES

22 de enero de 2020

‘A nuestra lista le solicitaron documentación que a la otra lista decidieron no pedírsela’

Las entidades que pidieron una asamblea extraordinaria, afirman en un comunicado, no reconocer al proclamado presidente el lunes, Jorge Videla.

“A raíz de los hechos que son de público conocimiento, queremos mostrar nuestro profundo dolor por sentirnos realmente desplazados de manera arbitraria para poder competir en las elecciones de la Federación de Sociedades de Fomento y Juntas Vecinales de Olavarría”.

“Y decimos arbitrariamente porque a nuestra lista le solicitaron documentación que a la otra lista decidieron no pedírsela. Han utilizado el estatuto sólo cuando les convenía”.

“Somos 27 sociedades de fomento y juntas vecinales que pedimos un cambio, que deseamos una mayor transparencia y participación de las entidades intermedias. No creemos que en Federación ni ninguna otra institución sin fines de lucro se “atornillen” a un sillón con el único fin de ocupar un lugar que hoy no tiene legitimidad ni verdadera representatividad en los barrios y localidades”.

“Claramente por las muchas irregularidades existentes no reconocemos la asamblea de este lunes 20 de enero, ni tampoco la lista que se autoproclamó como ganadora. Ante tantas objeciones esperemos que todo pueda revertirse y se transparente en la asamblea extraordinaria que se solicitó para el próximo 17 de febrero”.

“La actual conducción era consciente que no podía ganar las elecciones por la vía legal y fue por eso que trataron de bajarnos nuestra lista. La única forma que tenían era autoproclamarse y fue lo que hicieron. La gran mayoría de los fomentistas no los queremos en ese lugar porque no nos representan”.

“Cuando los vecinos nos preguntan sobre qué irregularidades hubo debemos partir por el desconocimiento como órgano de contralor al Municipio. La Ordenanza 1099/90 en su artículo 1 en bien clara cuando expresa que “esta Ordenanza normatiza sobre el funcionamiento de todas aquéllas entidades, oficiales o no, cuyo que hacer tenga como finalidad la consecución de fines que beneficien a parte de la sociedad olavarriense o a toda ella, con base legal en el Artículo 28°, inciso 8° de la Ley Orgánica de las municipalidades (Decreto / Ley N° 6769/58) y sus modificatorias).-”

“Federación decidió no presentar al Municipio la documentación acreditante de acuerdo a lo que la legislación requiere como estar Inscripta en un registro especial que lleva y controla la Municipalidad, nómina de los integrantes de la Comisión directiva con nombres, apellidos, números de documentos y domicilios”.

“También nunca entregaron la Memoria y balance de del último ejercicio, copia de bienes y nómina de asociados con indicación de categorías si las tuviere (en caso de elevado número quedará a criterio de la Autoridad concedente la obligación de presentación”  

“El Municipio firmó hace unos cuantos años un convenio con Provincia en materia de entidades cuyo objeto principal sea el bien común y cuenten con Personería Jurídica”.

“Ese convenio en su artículo segundo es contundente al afirmar que “la Municipalidad tendrá el exclusivo control y fiscalización de aquellas juntas vecinales o sociedades de fomento, que carecen de personería jurídicas y solo se hallen reconocidas como entidades de bien público por el órgano Municipal, conforme lo estables los Artículos 190° y siguientes de la Constitución Provincial y Artículo 27° inc. 27 del Decreto Ley 6.769./58”

“Porque queremos saber qué se hace con el dinero de Federación y necesitamos que los autoritarios se corran de las instituciones a través de la vía democrática es que iremos hasta  las últimas consecuencias para que todo vuelva a la normalidad y que las mayorías sean quienes elijan a las autoridades del fomentismo de Olavarría”.



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