A su vez, la encuesta arrojó que el 58,7 % desconoce el monto que se paga de honorarios a la inmobiliaria para alquilar una vivienda; que el 73, 6% (de los que más del 62% tienen entre 17 y 23 años) no sabe que el contrato de alquiler tiene que estar sellado por ARBA para tener validez; y que el 67,2 % ignora qué cosas tiene que pedir al finalizar el contrato, para evitar inconvenientes legales o reclamos posteriores de pagos al dejar el inmueble.

“La falta de información es uno de los principales motivos que vuelven vulnerables a los jóvenes a la hora de alquilar. En la Defensoría recibimos muchos reclamos al respecto, y en la mayoría de las quejas queda en evidencia la indefensión de los estudiantes que atraviesan este tipo de situaciones, lo que nos motivó a tomar la decisión de enfocarnos especialmente en ellos para que se revierta esta realidad”, sostuvo Lorenzino.

En ese sentido, la Defensoría lanzará el 18 de marzo una oficina especial para gestionar estos reclamos. Funcionará de 14 a 16 en la sede central del organismo, en 50 N°687, en La Plata, y brindará asesoramiento personalizado, gratuito y con turno. Para más información, podés comunicarte al 0800-222-5262

Para tener en cuenta a la hora de alquilar

• El plazo mínimo legal de contrato de alquiler de viviendas es de dos años.

• El honorario máximo de la inmobiliaria no puede superar el 2% a cargo de cada parte, sobre el importe total del contrato, pudiendo asumir una sola de las partes la totalidad del pago de los honorarios, es decir el 4%.

• Los inquilinos sólo se encuentran obligados a pagar expensas ordinarias.

• El deposito en garantía o pagaré no debe ser mayor que un mes de alquiler por cada año de contrato y se debe devolver al final del contrato.

• Con la firma del contrato, también debe suscribirse un inventario que detalle el estado general de mobiliario y artefactos.

• Se deben entregar las llaves al finalizar el alquiler, debiendo solicitar el acta de entrega de esas llaves o un recibo con fecha y dirección del inmueble en el que se describa que el alquiler ha finalizado.

• La seña es confirmatoria del acto, por lo que si el locador se arrepiente de alquilar sin justa causa, la misma debe restituirse doblada o mayor si se pactó ello por escrito.