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LOCALES

25 de marzo de 2020

Servicios Públicos: las empresas esperan reglamentaciones

Así surge de la consulta realizada por Radio Olavarría a Coopelectric por el servicio de luz y agua, y a Camuzzi por el gas en cuanto a cómo será el tema de las facturaciones y del no corte de los servicios. En el caso de Coopelectric, se indicó que una vez que la Provincia adhiera al decreto de Nación, se tendrá la información correspondiente. Camuzzi, esperaba en la mañana del miércoles, el decreto reglamentario para determinar la metodología a adoptar

Respecto del gas, desde el área de comunicaciones, expresaron que falta determinar cómo las distribuidoras podrán identificar a los beneficiarios

 

Las medidas dispuestas en los artículos 1° y 2° serán de aplicación respecto de los siguientes usuarios y usuarias residenciales:

 

a. Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

 

b. Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

 

c. Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.

 

d. Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

 

e. Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

 

f. Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.

 

g. Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.

 

h. Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

 

i. Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.



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