Jueves 18 de Abril de 2024

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13 de abril de 2020

Discapacidad: las salidas están ordenadas por DNI

El titular de la Dirección Municipal de Discapacidad, Lucas Díaz Aspiroz, dialogó con LU 32 y se refirió a los puntos de la reglamentación que rige a nivel nacional.Para las salidas recomendó que el acompañante salga con el decreto correspondiente y con documento para certificar que lo hace en el día que corresponde

Por otra parte señaló que si bien las dependencias de la Dirección no atiende, todos los trámites se prorrogaron

 La reglamentación de la medida fue publicada en el Boletín Oficial. Quienes hagan uso de la nueva excepción no podrán presentar síntomas compatibles con el coronavirus. Si lo necesitan, podrán ir junto a un acompañante.

 

 Según detalló la Agencia Nacional de Discapacidad a través de la Resolución 77/2020, podrán hacer uso de esta nueva excepción quienes no presenten síntomas compatibles con Covid-19 ni se encuentren comprendidos en las siguientes circunstancias:

 

Ser mayores de sesenta años.

Tener enfermedades respiratorias crónicas, enfermedad pulmonar obstructiva, enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

Tener enfermedades cardíacas, insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas

Tengan inmunodeficiencias.

Tener diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

Personas embarazadas.

Toda otra circunstancia que la autoridad sanitaria defina en el futuro.

 

En el artículo 3, la norma dispone que podrán salir a la vía pública "con un único acompañante, familiar o conviviente, si lo necesitaren, para realizar paseos breves, a no más de 500 metros de su residencia".

 

El cronograma de salida dispone los días lunes, miércoles y viernes para las personas cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5; y los martes, jueves y sábados para aquellas con DNI finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0.

 

Durante la salida, se deberá portar DNI y Certificado Único de Discapacidad (CUD) en soporte papel o foto digital, o el turno de actualización del mismo si está vencido. Además, tendrá que respetarse el distanciamiento social de un metro y medio respecto del resto de los transeúntes,.

 

En cuanto a las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad, el artículo 6 de la resolución indica que solo se realizarán en forma presencial aquellas "de estricta necesidad, impostergables, y que no admitan su realización en modo virtual".

 

Tampoco se podrá hacer uso de este tipo de prestaciones "si la persona que recibirá la misma, alguno o alguna de sus convivientes, o el profesional respectivo, posee síntomas de Covid-19 o se encuentra alcanzado por alguna de las circunstancias descriptas".



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