Martes 16 de Abril de 2024

LOCALES

7 de julio de 2020

La Suprema Corte destaca la gravedad de los hechos denunciados por el intendente Galli

De todas maneras, rechaza la acción y afirma que los particulares pueden accionar, pero no llevarlo a un conflicto de Estados municipales.

Si bien el Supremo Tribunal reorienta la acción estipulando que son los particulares damnificados quienes pueden accionar por la vía del amparo, establece en los considerandos dos cuestiones centrales: la gravedad de los hechos denunciados y la verosimilitud de la existencia de las vías de hecho ejercidas por los gobernantes de los distritos cuestionados.

En tal sentido, el Municipio pone a disposición de los particulares la totalidad de la prueba ofrecida, que mereciera tal consideración por parte del Tribunal, y entiende que la clara indicación de la Corte resulta orientativa para los jueces que resultaran llamados a intervenir en las acciones que eventualmente inicien los particulares damnificados.



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