Martes 23 de Abril de 2024

LOCALES

16 de septiembre de 2020

El feriado para empleados y empleadas de comercio será el lunes 28

La jornada está establecida por Ley para los 26 de septiembre, con carácter de feriado y alcance nacional. El CECO confirmó el traslado de la jornada no laborable para el lunes 28 de septiembre.

Esta decisión es producto de un acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y las Cámaras empresariales y se da a conocer semanas antes del 26 de septiembre cuando realmente se celebra el Día del Empleado de Comercio establecido por ley 26.541 desde el año 2009.

En argentina el Día del Empleado de Comercio se celebra en conmemoración a la Ley 11.729, norma que fuera sancionada en la misma fecha pero del año 1933 y modificó artículos claves del Código de Comercio estableciendo las indemnizaciones por despido, las vacaciones anuales pagas, el aguinaldo y más derechos que marcaron un antes y un después para los trabajadores del rubro.

Este feriado nacional incorporado al Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 en su artículo 76, se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical. Esto implica que en caso de prestar servicio las y los trabajadores deberán percibir las horas extras al 100%, es decir, ese día se abona doble.

En este año marcado por la pandemia del COVID-19 se tomó real dimensión del trabajo de los empleados y empleadas de comercio reconociendo su condición de “esenciales” para la sociedad, manteniendo sus actividades aun en las etapas más cerradas del sistema de fases del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio determinado por el gobierno nacional.

Para consultas el CECO pone a disposición los números telefónicos de la Secretaria de Asuntos Gremiales 44-5003 internos 422 423 424 o 425 con los cuales se podrá comunicar de lunes a viernes en el horario de 8 a 16 horas.



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