Jueves 28 de Marzo de 2024

LA REGIóN

2 de diciembre de 2020

Recital del "Indio" Solari en Olavarría: Casación ratificó la realización del juicio

El último concierto en vivo que Carlos "Indio" Solari brindara el 11 de marzo de 2017 en "La Colmena", evento donde dos de los asistentes al show murieron y se contabilizaron varias personas heridas, va camino a convertirse en materia de un debate, luego de que la causa penal que se instruyera por lo sucedido superara recientemente otra de las instancias por las que ha venido atravesando desde hace ya más de tres años.Fuente: diario El tiempo de Azul

Fuentes judiciales informaron a EL TIEMPO que desde la Sala III del máximo Tribunal de Alzada con asiento en La Plata se resolvió confirmar que aquella investigación penal iniciada por lo sucedido en Olavarría hace ya más de tres años se convertirá en materia de un debate.

En cuanto a sus características, lo dispuesto el pasado 24 de noviembre con relación a lo que fuera aquel trágico recital en la vecina ciudad del ex líder de "Los Redondos" transitó por carriles similares a aquellos por los cuales ya lo había hecho antes. Específicamente, cuando el año pasado se conociera la resolución que firmara el Juez de Garantías que interviniera durante lo que fue la tramitación de esta causa y aquella otra posterior, rubricada por los miembros de la Cámara Penal de Azul.

En otras palabras, desde Casación prácticamente ambos fallos fueron ratificados, al no prosperar ahora recursos presentados por las partes involucradas en este proceso.

En el caso de la Acusación, en busca de que lo sucedido fuera encuadrado bajo la figura penal del "estrago".

En febrero del año pasado, la existencia de ese delito ya había sido descartada por el juez de Garantías Carlos Villamarín cuando dispuso elevar a juicio estas actuaciones, que como únicos responsables de lo que pasó y plausibles de recibir una sanción penal ubican en el banquillo de los acusados a los hermanos propietarios de la productora que montó aquel show y a un tercer integrante de esa empresa.

Se trata de "En Vivo S.A.", la misma productora que en los últimos años tuvo a su cargo darle forma a las presentaciones que Solari hizo en varias ciudades del interior del país hasta aquella, con saldo trágico, que en marzo de 2017 tuvo como escenario el predio "La Colmena", ubicado sobre la Avenida Avellaneda de Olavarría.

Además de rechazar por mayoría el recurso que fuera presentado ante Casación por el fiscal General de Azul Marcelo Sobrino para que esta causa penal tuviera la misma calificación que aquella con la que se había iniciado; los jueces Víctor Violini, Ricardo Borinsky y Daniel Carral -en ese caso por unanimidad- tampoco dieron lugar a lo pretendido desde la Defensa Particular de los imputados, que al igual que ya lo había hecho antes en el ámbito de la justicia penal local pugnaba por el dictado de respectivos sobreseimientos para Marcos Estanislao Peuscovich, Matías Iván Peuscovich y Gustavo Eduardo Zurita.

En un juzgado Correccional

Los hermanos, propietarios de la productora que organizó el show del "Indio", y Zurita, miembro también de esa empresa de eventos, serán los imputados que tendrá este juicio. Un proceso a realizarse en el ámbito del Departamento Judicial Azul en una fecha todavía no confirmada; aunque de la mano de lo dispuesto semanas atrás en Casación ya se sabe que tendrá determinados características.

Al no prosperar tampoco ante Casación la figura penal sostenida desde la Acusación en lo ocurrido, esa circunstancia ubica como escenario del futuro debate a un juzgado Correccional, teniendo en cuenta que continúan siendo menos gravosos que en un principio para los Peuscovich y Zurita los delitos que les atribuyen por lo sucedido en aquel concierto del ex vocalista de "Los Redondos" en la vecina ciudad.

Hay que recordar que los tres, cuando fueron citados a indagatoria en Azul el primer día del mes de marzo de 2018, en momentos que la instrucción de esta causa penal la llevaba adelante el fiscal David Carballo -en ese entonces al frente de la UFIE- se les había imputado el delito de "estrago doloso" y, en subsidio, otras acusaciones.

Pero en febrero del año pasado, tal como nuevamente ahora ha sucedido desde Casación, aquella primigenia calificación penal impulsada desde la instrucción para los Peuscovich y Zurita quedó sin efecto.

Fue cuando el magistrado Carlos Villamarín firmó la resolución que dispuso la elevación a juicio de la causa, la cual en junio de ese mismo 2019 sería ratificada en segunda instancia desde la Cámara Penal que en el Palacio de Justicia de Azul integran Damián Cini y Carlos Pagliere (h).

El titular de uno de los juzgados de Garantías con asiento en Olavarría, en una extensa resolución donde analizaba el pedido presentado desde la UFIE para que esta causa se convirtiera en materia de un juicio, había rechazado la imputación por el delito de "estrago" para los hermanos Peuscovich y para Zurita, uno de los directores suplentes de "En Vivo S.A.".

En cambio, del mismo modo que sigue sucediendo ahora, luego de una nueva revisión en Casación de la causa, en ese entonces los consideró "prima facie" autores de las muertes, en ambos casos de tipo "culposo", de dos de los asistentes al show: Juan Bulacio y Javier León. También, de las "lesiones culposas" que aquel 11 de marzo de 2017 sufrieran -antes, durante y después del show ofrecido por Solari- ocho personas más que concurrieron a aquel recital.

Según pericias oficiales, el concierto se había llevado a cabo en un espacio con capacidad para unas 150.000 personas. Pero al lugar concurrieron más de 200.000 asistentes, constituyéndose el aforo donde aquella presentación del "Indio" se desarrollara -desbordado en más de un 30 por ciento por esa inmensa cantidad de gente que fue- en uno de los motivos que después derivó en todo lo que a esta altura ya es ampliamente conocido con relación a las consecuencias que tuvo ese fatídico concierto.

 

"Una violación de los deberes de cuidado"

"Se puede sostener que tanto las muertes como las lesiones acaecidas el día 11 de marzo de 2017 en el predio 'La Colmena' han sido la consecuencia de una violación de los deberes de cuidado por parte de quienes participaban en la organización y realización del multitudinario evento llevado a cabo aquella noche, a raíz de que se permitió el acceso indiscriminado de personas, circunstancia que incidió negativamente en su capacidad óptima de realización, partiendo del comportamiento esperable y previsible de sus concurrentes", había señalado el Juez garante en la resolución que dispuso la elevación a juicio de esta causa.

"A ello debe agregarse la venta ostensible de alcohol y controles selectivos e intermitentes -como ausencia o ineficiencia del operativo de seguridad- de elementos que ingresaban los espectadores al recital, capaz de prever un ambiente que se desenvolviera sin inconveniente o al menos mitigara sus riesgos".

"A los organizadores -sostenía también Villamarín- les correspondía un deber de actuación positiva para, dentro de los límites permitidos, aseguraran la concreción del evento en aras de evitar consecuencias dañosas que de ella pudieran derivar".

Si bien la acusación se centró desde siempre en los organizadores del concierto, a modo de crítica a la instrucción cuando resolvió elevar a juicio esta causa el Juez de Garantías textualmente escribió en lo dispuesto: "No se advierte la razón por la cual no se investigó a los funcionarios municipales que, al menos en dos de las infracciones constatadas, tuvieron directa determinación para que ello ocurriera".

Esas transgresiones a las que aludía el magistrado tenían que ver con el factor ocupacional, desbordado por completo en el predio elegido para el concierto, y a la venta de bebidas alcohólicas en el lugar convertido en escenario del trágico recital que en Olavarría marcó la última presentación en vivo de Carlos "Indio" Solari.

Pero de supuestas responsabilidades de funcionarios públicos de la Municipalidad de la vecina ciudad en lo que pasó "nada se dijo, nada se investigó y se tuvo como si no estuviera dentro de los deberes de objetividad que incumbe a su función", había escrito el Juez de Garantías apuntando a la cabeza de la instrucción de esta causa.

En ese sentido, en aquel fallo Villamarín había hablado de un "olvido" de la instrucción, aspecto por el que también ordenaba al Ministerio Público Fiscal "extraer copia de todo lo actuado, previo a la remisión de la causa a la instancia de juicio oral, con el fin de investigarse la posible participación de delitos de acción pública de los funcionarios municipales que intervinieron en la discusión de lo acaecido en los sucesos reprochados".

Sin que eso haya pasado hasta el momento, la instancia del juicio puede ser una alternativa viable para que finalmente suceda, teniendo en cuenta que ahora se confirma por segunda vez que ese expediente se convertirá en materia de un debate.



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