Jueves 18 de Abril de 2024

LOCALES

15 de febrero de 2021

Adhesión al duelo por el fallecimiento del ex Presidente Menem

El gobierno municipal adhirió a lo dispuesto por Presidencia de la nación, de tres días de duelo, que se traduce en mantener la bandera a media asta en todos los edificios públicos, hasta este martes inclusive

D E C R E T O Nº 626

OLAVARRÍA, 15/2/21

 

VISTO el fallecimiento acaecido en el día de ayer del ex Presidente de la Nación,

Dr. Carlos Saúl MENEM; y

CONSIDERANDO

 

QUE el Dr. Carlos Saúl MENEM tuvo una larga carrera

política, en diversos cargos públicos, siendo el más importante para los argentinos el de ser el Presidente de la Nación entre los años 1989 y 1999;

 

QUE a lo largo de su extensa trayectoria el Dr. MENEM fue Gobernador de la provincia de La Rioja, en los períodos 1973-1976 y 1983-1989;

QUE merece el reconocimiento sincero de todo el pueblo Argentino y que recogió el Gobierno Nacional a través del Decreto N° 105/21, en idéntico sentido al honrar su memoria decretando el duelo ante su lamentable desaparición;

QUE se impone a este Gobierno Municipal ser quien manifieste

y acompañe en nombre de la comunidad de Olavarría este sentir adhiriéndose al homenaje que con profundo respeto y dolor le profesa la ciudadanía toda;

 

POR todo ello, el Intendente Municipal Interino en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1º: Adhiérase la Municipalidad de Olavarría al Duelo decretado por el

------------------------ Gobierno Nacional mediante Decreto Nº 105/21, por el fallecimiento del ex Presidente de la Nación, Dr. Carlos Saúl MENEM, para los días 14, 15 y 16 de febrero de 2021.-

 

ARTÍCULO 2º: Determínase que durante los días de duelo la Bandera Nacional

----------------------- permanecerá a media asta en todos los edificios públicos.-

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de

------------------------ Gobierno e Interino de Economía y Hacienda; de Desarrollo Humano y

Calidad de Vida; de Mantenimiento y Obras Públicas; de Salud; y de Desarrollo

Económico.-

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese en el Boletín Municipal, dése al Registro de

----------------------- Decretos y oportunamente archívese.-



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