LOCALES
5 de julio de 2021
Lastape propone un aporte para los grupos de Guías y Scouts
Presentó un proyecto de ordenanza ya que la ciudad se encuentra dentro del distrito “Baden Powell” Zona 14 de Scout de Argentina Asociación Civil y la Zona Nair de la Asociación Guías Argentinas. Consideró que es un aporte a la educación no formal . Se trataría de 500 mil pesos anuales. Ingresar para escuchar la entrevista y leer el proyecto en su totalidad
Sr.
Presidente del
H. Concejo Deliberante de Olavarría
Abog. Bruno Cenizo
S / D
VISTO:
La importante actividad social y educativa que desarrollan los Grupos Scouts y las Comunidades Guías en el Partido de Olavarría; y,
CONSIDERANDO:
Que las Comunidades Guías y los Grupos Scouts agrupan a niñas/os y jóvenes entre los 5 y 21 años de edad;
Que la misión de los Movimientos Scout y Guía es contribuir a la educación de niños, niñas y jóvenes a través de un sistema de valores basado en la Promesa y la Ley Scout y Guía, para ayudar a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollen plenamente y jueguen un papel constructivo en la sociedad;
Que los Movimientos Scout y Guía tienen como propósito contribuir al desarrollo de los y las jóvenes, ayudándoles a realizar plenamente sus habilidades físicas, intelectuales, emocionales, sociales y espirituales, como individuos, como ciudadanos responsables y como miembros de sus comunidades locales, nacionales e internacionales;
Que el Escultismo y el Guidismo son movimientos de educación no formal, complementarios de la familia y la escuela, que procura el desarrollo integral y la educación permanente de los niños, niñas y jóvenes;
Que los Movimientos Guía y Scout utilizan un método específico que hace de cada joven, principal agente de su desarrollo, una persona segura de sí misma, solidaria, responsable y comprometida;
Que los Movimientos Guía y Scout tienen por finalidad educar a los niños, niñas y jóvenes ayudándoles a establecer un sistema de valores, basado en principios espirituales, sociales y personales;
Que los Movimientos Guía y Scout tienen como propósito generar un cambio cultural en los y las jóvenes desde la ciudadanía activa, para que se transformen en personas íntegras y dignas de confianza, formando líderes para el mañana y capaces de ayudar al prójimo de manera desinteresada, hecho por demás necesario en esta época post-moderna de individualismos muy marcados;
Que el fundador a nivel mundial de ambos Movimientos fue Robert Baden Powell conocido como B.P, dando inicio a las actividades scouts en el año 1907; haciéndose cargo luego del Movimiento Guía su esposa Lady Olave Baden Powell;
Que nuestra ciudad se encuentra dentro del distrito “Baden Powell” Zona 14 de Scout de Argentina asociación cívil y la Zona Nair de la Asociación Guías Argentinas compuesto por los siguientes grupos:
- CG N° 30 "Maximiliano Kolbe".
- CG N° 89 "Nta. Sra. De Fátima".
- CG N° 90 "Nta. Sra. De Luján".
- CG N° 153 "Virgen Niña".
- CG N° 156 "Santa Clara de Asís".
- GS Nº 596 “Nuestra Sra. de Fátima”
- GS Nº 572 “Nuestra Sra. de Luján”
- GS Nº 0046 “San Maximiliano Kolbe”
- GS Nº 0045 “Cristo Rey” de Sierras Bayas
- GS Nº 0005 “Santa Elena” de Loma Negra
- GS Nº 1221 "Ullmen Kurá" de Olavarría
- GS Nº 535 "Nuestra Señora de la Asunción" de Hinojo
Que la actividad Guía y Scout del Partido de Olavarría involucra aproximadamente 600 jóvenes, que por la función social y educativa que desempeñan es merecedora y digna de ser apoyada moral y materialmente;
Que deben abonar una cuota anual de afiliación, que fijan las asambleas nacionales ordinarias de ambas asociaciones, tanto para miembros beneficiarios, educadores y dirigentes; esta cuota incluye también, seguro de responsabilidad civil y accidentes;
Que la difícil situación actual, enmarcada por dificultades económicas y sociales intensificadas, como consecuencia de la pandemia Covid-19 y que afecta a la comunidad en general y a las familias en particular, llevó a varios grupos/comunidades a no poder realizar actividades para poder sostener los gastos de mantenimiento de los establecimientos y el pago de la cuota anual;
Por lo tanto el bloque de la UCR propone el siguiente proyecto de Ordenanza:
Ordenanza “B.P”
Artículo 1º: Otorgase la asignación “B.P” en carácter de aporte económico anual no reintegrable con cargo de rendición a las siguientes entidades:
- Comunidad Guía N° 30 "Maximiliano Kolbe".
- Comunidad Guía N° 89 "Nta. Sra. De Fátima".
- Comunidad Guía N° 90 "Nta. Sra. De Luján".
- Comunidad Guía N° 153 "Virgen Niña".
- Comunidad Guía N° 156 "Santa Clara de Asís".
- Grupo Scout Nº 596 “Nuestra Sra. de Fátima”
- Grupo Scout Nº 572 “Nuestra Sra. de Luján”
- Grupo Scout Nº 0046 “San Maximiliano Kolbe”
- Grupo Scout Nº 0045 “Cristo Rey” de Sierras Bayas
- Grupo Scout Nº 0005 “Santa Elena” de Loma Negra
- Grupo Scout Nº 1221 "Ullmen Kurá"
- Grupo Scout Nº 535 "Nuestra Señora de la Asunción" de Hinojo
Artículo 2°: La lista de las instituciones enumeradas en el Artículo 1 puede ser ampliada, en caso de incorporarse nuevos Grupos Scout o Comunidades Guías.
Artículo 3°: La asignación anual “B.P” será el equivalente al valor de la cuota afiliatoria de la Asociación Guías Argentinas y la cuota de Scouts de Argentina por cada joven guía o scout que tenga cada grupo o comunidad.
Artículo 4°: De forma
Martín Lastape
Concejal
Bloque UCR
H.C.D. Olavarría
Sr.
Presidente del
H. Concejo Deliberante de Olavarría
Abog. Bruno Cenizo
S / D
VISTO:
La importante actividad social y educativa que desarrollan los Grupos Scouts y las Comunidades Guías en el Partido de Olavarría; y,
CONSIDERANDO:
Que las Comunidades Guías y los Grupos Scouts agrupan a niñas/os y jóvenes entre los 5 y 21 años de edad;
Que la misión de los Movimientos Scout y Guía es contribuir a la educación de niños, niñas y jóvenes a través de un sistema de valores basado en la Promesa y la Ley Scout y Guía, para ayudar a construir un mundo mejor donde las personas se desarrollen plenamente y jueguen un papel constructivo en la sociedad;
Que los Movimientos Scout y Guía tienen como propósito contribuir al desarrollo de los y las jóvenes, ayudándoles a realizar plenamente sus habilidades físicas, intelectuales, emocionales, sociales y espirituales, como individuos, como ciudadanos responsables y como miembros de sus comunidades locales, nacionales e internacionales;
Que el Escultismo y el Guidismo son movimientos de educación no formal, complementarios de la familia y la escuela, que procura el desarrollo integral y la educación permanente de los niños, niñas y jóvenes;
Que los Movimientos Guía y Scout utilizan un método específico que hace de cada joven, principal agente de su desarrollo, una persona segura de sí misma, solidaria, responsable y comprometida;
Que los Movimientos Guía y Scout tienen por finalidad educar a los niños, niñas y jóvenes ayudándoles a establecer un sistema de valores, basado en principios espirituales, sociales y personales;
Que los Movimientos Guía y Scout tienen como propósito generar un cambio cultural en los y las jóvenes desde la ciudadanía activa, para que se transformen en personas íntegras y dignas de confianza, formando líderes para el mañana y capaces de ayudar al prójimo de manera desinteresada, hecho por demás necesario en esta época post-moderna de individualismos muy marcados;
Que el fundador a nivel mundial de ambos Movimientos fue Robert Baden Powell conocido como B.P, dando inicio a las actividades scouts en el año 1907; haciéndose cargo luego del Movimiento Guía su esposa Lady Olave Baden Powell;
Que nuestra ciudad se encuentra dentro del distrito “Baden Powell” Zona 14 de Scout de Argentina asociación cívil y la Zona Nair de la Asociación Guías Argentinas compuesto por los siguientes grupos:
- CG N° 30 "Maximiliano Kolbe".
- CG N° 89 "Nta. Sra. De Fátima".
- CG N° 90 "Nta. Sra. De Luján".
- CG N° 153 "Virgen Niña".
- CG N° 156 "Santa Clara de Asís".
- GS Nº 596 “Nuestra Sra. de Fátima”
- GS Nº 572 “Nuestra Sra. de Luján”
- GS Nº 0046 “San Maximiliano Kolbe”
- GS Nº 0045 “Cristo Rey” de Sierras Bayas
- GS Nº 0005 “Santa Elena” de Loma Negra
- GS Nº 1221 "Ullmen Kurá" de Olavarría
- GS Nº 535 "Nuestra Señora de la Asunción" de Hinojo
Que la actividad Guía y Scout del Partido de Olavarría involucra aproximadamente 600 jóvenes, que por la función social y educativa que desempeñan es merecedora y digna de ser apoyada moral y materialmente;
Que deben abonar una cuota anual de afiliación, que fijan las asambleas nacionales ordinarias de ambas asociaciones, tanto para miembros beneficiarios, educadores y dirigentes; esta cuota incluye también, seguro de responsabilidad civil y accidentes;
Que la difícil situación actual, enmarcada por dificultades económicas y sociales intensificadas, como consecuencia de la pandemia Covid-19 y que afecta a la comunidad en general y a las familias en particular, llevó a varios grupos/comunidades a no poder realizar actividades para poder sostener los gastos de mantenimiento de los establecimientos y el pago de la cuota anual;
Por lo tanto el bloque de la UCR propone el siguiente proyecto de Ordenanza:
Ordenanza “B.P”
Artículo 1º: Otorgase la asignación “B.P” en carácter de aporte económico anual no reintegrable con cargo de rendición a las siguientes entidades:
- Comunidad Guía N° 30 "Maximiliano Kolbe".
- Comunidad Guía N° 89 "Nta. Sra. De Fátima".
- Comunidad Guía N° 90 "Nta. Sra. De Luján".
- Comunidad Guía N° 153 "Virgen Niña".
- Comunidad Guía N° 156 "Santa Clara de Asís".
- Grupo Scout Nº 596 “Nuestra Sra. de Fátima”
- Grupo Scout Nº 572 “Nuestra Sra. de Luján”
- Grupo Scout Nº 0046 “San Maximiliano Kolbe”
- Grupo Scout Nº 0045 “Cristo Rey” de Sierras Bayas
- Grupo Scout Nº 0005 “Santa Elena” de Loma Negra
- Grupo Scout Nº 1221 "Ullmen Kurá"
- Grupo Scout Nº 535 "Nuestra Señora de la Asunción" de Hinojo
Artículo 2°: La lista de las instituciones enumeradas en el Artículo 1 puede ser ampliada, en caso de incorporarse nuevos Grupos Scout o Comunidades Guías.
Artículo 3°: La asignación anual “B.P” será el equivalente al valor de la cuota afiliatoria de la Asociación Guías Argentinas y la cuota de Scouts de Argentina por cada joven guía o scout que tenga cada grupo o comunidad.
Artículo 4°: De forma
Martín Lastape
Concejal
Bloque UCR
H.C.D. Olavarría