Viernes 29 de Marzo de 2024

JUDICIALES

27 de marzo de 2022

Descarrilamiento: La CNRT no inspeccionaba la zona desde mediados del 2018

El dato se desprende de la resolución dada a conocer por el Juez Federal Gabriel Di Giulio, donde permite el restablecimiento del servicio de pasajeros entre Constitución y Cañuelas, pero condiciona el resto del servicio a informes que deben entregar Ferrosur Roca, Ferroexpreso Pampeano y la CNRT. En la misma, también da detalles del estado del material en el sitio del descarrilamiento, y metros antes y después.

Di Giulio, responsable de la investigación del hecho sucedido en la madrugada del martes 8, reitera varias veces en el escrito que la medida cautelar tiene un único propósito: la integridad física y seguridad de las personas.

Agrega que “si las empresas concesionarias o la Comisión Nacional de Regulación del Transporte certifican el estado de la red ferroviaria garantizando su seguridad, la medida cautelar se dejará sin efecto inmediatamente”.

En otra parte de la resolución, el juez cita parte de lo actuado por la CNRT, donde la misma indica que la ‘responsabilidad primaria’ de inspeccionar la red y el material rodante corresponde a los concesionarios. Pese a eso, aclara que la última inspección del organismo controlante fue ‘a mediados de 2018’.  Luego, continúa el informe de respuesta al juez, “a partir del mes de Marzo del año 2020 comenzaron las restricciones derivadas de la Pandemia de COVID-19, que impidieron a nuestros inspectores realizar una gran cantidad de viajes de inspección al interior del país, las cuales recién ahora comienzan a reprogramarse”.

Ferroexpreso Pampeano respondió al magistrado que “la última inspección en la zona del siniestro la efectuó una cuadrilla, el día 3 de marzo de 2022. De dicha inspección no surgieron novedades ni modificaciones a las velocidades establecidas (cuyo máximo, en el lugar del siniestro, se había establecido en 80 km/h). También indicó que la cuadrilla pasó en dos oportunidades, que el día 7 de marzo circuló otra formación sin que se reportara ningún inconveniente y que entre el “último patrullaje” del 3 de marzo y la fecha del siniestro, circularon tres formaciones de pasajeros y ninguno de cargas. También explicó que treinta días antes del descarrilo sólo circularon trenes de pasajeros y ninguno de cargas. Señaló que la CNRT no efectuó ninguna modificación a la velocidad de circulación”. El juez, de todas maneras, aclara luego que la concesionario no informa ni garantiza nada acerca de la seguridad actual de la red para que circulen los trenes de pasajeros.

Ferrosur, por su parte, informó que no tiene injerencia en el sector del descarrilamiento.

En un fragmento de la resolución, Di Giulio explica que volvió al lugar días después, acompañado por el ingeniero Di Lernia de la FIO y personal de Policía Científica, que pudieron documentar en la zona del descarrilo, antes y después: durmientes sin fijación, con la sujeción desprendida o, directamente, durmientes en mal estado. Aunque también aclarando que esto puede haber tenido que ver o no con el hecho.

Ya en la parte resolutiva y con especial interés que se divulgue a la ciudadanía, el juez manifiesta que “en el tramo comprometido, las pericias realizadas indicaron algunos posibles problemas en la infraestructura ferroviaria, al menos en las inmediaciones de la estación Pourtalé, como se puede observar en las imágenes que acompañan la presente resolución. Entre esas puedo detallar la existencia de durmientes en mal estado (astillado, quebrado y putrefacto) y clavos de fijación/sujeción libres y/o faltantes. Ello no significa necesariamente que esa fue la causa del siniestro. Se están investigando todos los aspectos del caso (estado del equipo, red, velocidad de circulación, conducta de la tripulación, situación climatológica, suelo, etc.); pero tales datos sembraron fundadas y serias dudas sobra la seguridad de las vías. Máxime, después del descarrilamiento”.

Explicita que “sólo la empresa SOFSE ha garantizado el estado del tramo correspondiente, que involucra Constitución – Cañuelas. Por esa razón dispongo el levantamiento de la medida cautelar en el referido trayecto. Por otra parte, le solicito a Ferrosur Roca que en el plazo de 5 días hábiles certifique la seguridad del tramo de la vía Cañuelas – Olavarría. En caso de producirse la certificación, inmediatamente se levantará la medida en dicho trayecto”.

Finalmente, respecto del tramo Olavarría – Bahía Blanca, se requiere de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte que informe el estado de la red e indique si la misma cumple con los requisitos de seguridad exigibles. Esta medida es necesaria porque además de tratarse del tramo de concesión en el que se produjo el siniestro, el estado de durmientes, fijaciones, etc. y los problemas advertidos por Trenes Argentinos, abre dudas sobre la seguridad operacional de la red.



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