Es llamativo que la investigación en cuestión, comienza el mismo año que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, confirmó una multa que la propia CNDC había dado en 2005 y que la Asociación de Fabricantes de Cemento Portland judicializó. En aquel momento, 2008, se los condenaba a pagar unos $300 millones (convertibles a U$S100 millones).

En este caso, Defensa de la Competencia no multa, pero hace una recomendación al gremio de empresas: el “cese de la solicitud, recepción y distribución de información sobre producción y despacho de cemento desagregada por provincia y con una antigüedad menor a doce meses”.

Esto debido a que en la investigación, observan que hay un “sistema de discriminación de precios en función de la distancia de cada uno de sus clientes a la planta competidora más cercana. En otras palabras, el precio abonado por cada cliente dependió en gran medida de la presencia de una planta competidora cercana”.