Para AFIP, el aumento del dólar turista tiende 'a robustecer el frente fiscal'
La Administración Federal de Ingresos Públicos envió un comunicado, donde oficializa la medida que adecua la alícuota de la percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, para un conjunto de las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto PAIS del 35% al 45%.
La actualización alcanza al consumo de divisas para viajes y gastos en el exterior. La normativa excluye a las compras de moneda extranjera para atesoramiento que continuará en 35%.
La cotización del dólar turista, a este jueves en la apertura, era de $236,51.
Hay que tener en cuenta que este dólar es el que se usa para calcular el costo de servicios como Netflix, Spotify y plataformas de juego, que verán incrementado su precio.
La actualización en la alícuota de la percepción se instrumenta a partir del reconocimiento de la expresión de capacidad contributiva de un sector de contribuyentes que, fundamentalmente, gastos de moneda extranjera para viajes y consumos en el exterior.
Como sucede desde la implementación de la Resolución General 4815, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado. Asimismo, aquellos monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción. El reintegro de dichos montos estará sujeto a las acciones de control y fiscalización de la AFIP, que tendrán lugar una vez finalizada la presentación de las declaraciones juradas de ambos impuestos.