Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

29 de junio de 2020

El bloque de la UCR presentó un proyecto para crear el Programa Municipal de Donación de Plasma

En la iniciativa del edil Martin Lastape, justifica el proyecto en la situación que se atraviesa a nivel local y con un significativo número de pacientes recuperados de COVID-19

El Proyecto presentado es el siguiente:

 

 

Olavarría, 29 de junio de 2020

 

Sr.

Presidente del

H. Concejo Deliberante de Olavarría

Dr. Bruno Cenizo

S / D

 

Desde el Bloque UCR a pedido de la Juventud Radical de Olavarría:

VISTO:

La Ley nacional N° 22.990, que tiene por objeto establecer el

régimen regulatorio de sangre, sus componentes y hemoderivados;

La necesidad de implementar una estrategia extraordinaria,

justificada en la situación que atravesamos a nivel local y contando con un

significativo número de pacientes recuperados de COVID-19; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la mencionada Ley tiene entre sus objetivos promover

medidas para el abastecimiento, la seguridad transfusional, garantizar una

política de autosuficiencia, sus principios fundamentales, las atribuciones y

funciones que debe desempeñar la autoridad de aplicación a través del

organismo rector;

 

Que las personas recuperadas de COVID-19 poseen en el

plasma de su sangre anticuerpos que podrían beneficiar a quienes están

cursando la enfermedad;

 

Que 7 de cada 10 personas que se han recuperado se

encuentran en condiciones de ser donantes de su plasma sanguíneo y es

perentorio poder evaluar su seguridad y eficacia;

 

Que se debe brindar todas las herramientas para que las

personas recuperadas puedan realizar la donación del plasma para poder

tratar a las pacientes afectados por este virus;

Por ello, desde el Bloque UCR ponemos a consideración de este Cuerpo el

siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º: Créase por la presente el “Programa Municipal de Donación de

Plasma” para la asistencia y promoción sobre la donación de Plasma

sanguíneo por parte de pacientes recuperados de COVID19.-

 

Artículo 2º: Son OBJETIVOS del programa:

 

a) Realizar campañas de concientización e información sobre la

importancia de la donación del plasma sanguíneo con el fin de

generar compromiso y apelar a la solidaridad de las personas que

están en condiciones de poder donarlo.

b) Realizar los estudios necesarios a los pacientes recuperados a fin

de determinar si se encuentran en condiciones de ser donantes.

c) Articular con la Región Sanitaria IX de la Provincia de Buenos

Aires, a fin de garantizar las condiciones necesarias, el traslado

de los donantes a los Centros de Hemoterapia habilitados para la

extracción de plasma.

 

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la incorporación de

una partida presupuestaria específica a los fines de cumplir los objetivos del

presente Programa. Esta partida será conformada con recursos propios,

subsidios, subvenciones, donaciones y todo otro recurso similar

específicamente destinado. Asimismo se podrán gestionar asignaciones de

fondos del Gobierno Provincial y/o Nacional.-

Artículo 4º: El presente programa estará a cargo de la Secretaría de Salud

en articulación con todas las áreas municipales pertinentes.-

 

Artículo 5º: De forma.-.

Sin otro particular saluda a Ud. muy atte.

 

Martín Lastape

Concejal

Bloque UCR

H.C.D. Olavarría



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