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NACIONALES

22 de agosto de 2020

Celulares, Cable e Internet con tarifas congeladas hasta diciembre

Este sábado se publicó en el Boletín Oficial la declaración como Servicio Público de estas (Tecnologías de la Información y Comunicación) TIC, que había sido adelantada por un tuit del presidente Alberto Fernández en la noche de este viernes.

La norma en su artículo 4 dispone: “Suspéndese, en el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, incluyendo los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades. Esta suspensión se aplicará a los servicios de televisión satelital por suscripción”.

El artículo 2 del DNU firmado por todo el Gabinete, modifica la Ley Argentina Digital, en el punto donde habla que los prestadores deben tener ‘precios justos y razonables’ y le agrega que “Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta. La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.

Traducido, será el ENACOM el que fije los valores básicos de Telefonía Celular, Cable o TV Satelital e Internet.

El decreto, que ya entró en vigencia al ser publicado, debe ser tratado por la Comisión Bicameral de seguimientos de DNU, del Congreso de la Nación.



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