Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

21 de diciembre de 2020

Prórroga en el Decreto del distanciamiento social hasta el 31 de enero del 2021

La Municipalidad del Partido de Olavarría emitió un nuevo decreto en el que se prorroga el cumplimiento del distanciamiento social preventivo y obligatorio –dispuesto en el Decreto Nº754/20 del Poder Ejecutivo Nacional– hasta el 31 de enero de 2020, inclusive

En esta oportunidad, supermercados, almacenes y despensas, carnicerías, pescaderías, fiambrerías, granjas y pollerías, verdulerías y fruterías, panaderías y confiterías, ferreterías, artículos de limpieza y lavanderías, podrán funcionar de 8:00 a 22:00 horas.

 

Lo mismo ocurre con peluquerías y centros de estética, venta de artículos de librería e insumos informáticos, agencias de loterías, comercios de venta por mayor y menor, cervecerías y vinotecas (que hasta las 23 horas podrán funcionar con delivery).

 

Los kioscos podrán funcionar de 7:00 a 00:00 horas.

 

Los comercios de comidas elaboradas para llevar, podrán funcionar con delivery y con el modo “para llevar” permitiendo que sus clientes se apersonen a sus establecimientos a retirar los pedidos, hasta las 01:00 horas. Para el retiro de los pedidos los clientes deberán respetar el distanciamiento social que nunca podrá ser inferior a los dos (2) metros.

 

En cuanto a la organización de eventos, el Decreto establece que deberán realizarse al aire libre, en espacios habilitados a tal efecto, con un aforo del 50 % de la capacidad del lugar sin poder superar en ningún caso un máximo de cien (100) personas y deberán cumplir estrictamente con el protocolo. Los mismos se pueden realizar hasta las 03:00 horas.

 

El funcionamiento de servicio de comidas y bebidas para consumo en locales gastronómicos y “food trucks” al aire libre, podrá ser con un aforo del 50% de su capacidad hasta las 03:00 horas. En los lugares cerrados se deberá brindar la mayor circulación de aire posible por medio de ventilación natural.

 

El decreto prorroga hasta el 31 de enero de 2021, también, las actividades deportivas habilitadas hasta el momento y –en el horario de 8 a 20 horas– el funcionamiento de actividades educativas y culturales.



COMPARTIR:

Comentarios