Miércoles 15 de Mayo de 2024

22 de agosto de 2012

Condena a trabajos comunitarios por fumigaciones ilegales

Francisco Parra (productor) y Edgardo Pancello (piloto aeroaplicador) fueron condenados a 3 años de prisión de ejecución condicional, lo que implica que no irán a la cárcel a cumplir con las sentencias efectivas, sino que realizarán trabajos de 10 horas semanales para el Estado o en instituciones de bien público relacionadas con el ambiente. Se trata de un fallo de la Cámara 1° del Crimen de la ciudad de Córdoba.

La Cámara 1ª del Crimen de la ciudad de Córdoba condenó este martes (21/08) a 3 años de prisión condicional al productor Francisco Parra y al piloto aeroaplicador Edgardo Pancello por las fumigaciones ilegales en barrio Ituzaingó Anexo de esa ciudad. Por otro lado, el productor Jorge Alberto Gabrielli quedó absuelto.

La Cámara estuvo integrada por los jueces Lorenzo Rodríguez (presidente), Mario Capdevila y Susana Beatriz Cordi Moreno, dieron a conocer el fallo que esperaban decenas de personas a las afueras de Tribunales II.

En los argumentos, el vocal Rodríguez señaló que Parra y Pancello fueron condenados a 3 años de prisión de ejecución condicional, lo que implica que no irán a la cárcel a cumplir con las sentencias efectivas, sino que realizarán trabajos de 10 horas semanales para el Estado o en instituciones de bien público relacionadas con el ambiente.

En el caso de Parra, por unanimidad, fue encontrado "autor penalmente responsable del delito previsto por el artículo 55 de la ley de delitos peligrosos", mientras que, por mayoría, Pancello fue hallado "autor corresponsable".

Además, Parra fue inhabilitado por 8 años para realizar aplicaciones de agroquímicos en campos, al tiempo que Pancello fue inhabilitado por 10 años.

Una vez conocido el fallo, Sofía Gatica, querellante en la causa, sostuvo que no tenía "nada que decir".

A su turno, otro de los querellantes del juicio y ex secretario de Salud municipal Merdardo Ávila Vázquez manifestó a la prensa que se trataba de "un fallo histórico. Si bien la condena es de cumplimiento condicional, quedó clarísimo que es un delito. Podría haber sido un poco más, puede que la gente no se sienta respondida por esto, pero es una paso muy grande el que hemos dado".

Por su parte, el fiscal Marcelo Novillo Corvalán opinó que "las condiciones en que se fumigó, las condiciones en que estaba el barrio... (Parra y Pancello) han sido declarados coautores. Ya sienta un precedente para la causa madre, y para las causas que están paralizadas. Es muy importante lo que se ha dicho en este fallo".

El abogado de Parra, Juan Manuel Aráoz, consideró que "para opinar de un fallo en forma seria hay que leer los fundamentos", aunque anticipó que casará la condena. "Es una de las medidas que vamos a tomar. No quedé satisfecho para nada", aclaró.

En tanto, el abogado de Pancello, Alejandro Pérez Moreno, afirmó que se siente "vencido". "Entiendo que no hay ningún argumento serio que destruya la inocencia de mi cliente", analizó.

Cabe aclarar que éste es el primer juicio por fumigaciones con agrotóxicos en el país (por hechos de 2004 y 2008) y, según los ambientalistas, el primero a nivel lationamericano.



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