Jueves 18 de Abril de 2024

LOCALES

8 de mayo de 2023

El bloque Foro Olavarría - FR impulsa la adhesión de Olavarría a Ley para facilitar trámites estatales a los vecinos

Se trata de la Ley “Principio de una sola vez” la cual reconoce y plasma el derecho de los ciudadanos de no aportar, en el momento de realizar trámites ante el Estado, aquella información que ya está en poder de éste

El bloque de concejales del Foro Olavarría - Frente Renovador en el Frente de Todos, integrado por Inés Creimer y Gastón Sarachu, presentó al HCD un proyecto de Ordenanza impulsando la adhesión del Municipio de Olavarría a la Ley Nº 15430, denominada “Principio de una sola vez”.

 

 

Dicha Ley, que fue sancionada por la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires bajo la autoría de la Senadora Provincial Vanesa Spadone, reconoce y plasma el derecho de los ciudadanos de no aportar, al momento de realizar trámites ante el Estado, toda información que ya está en poder de éste.

 

 

“El objetivo de adherir al Municipio de Olavarría en esta Ley es la de facilitar al vecino y la vecina la realización de trámites estatales de manera ágil y segura, haciendo uso de las tecnologías disponibles”, sostuvieron desde el bloque Foro Olavarría - Frente Renovador en el Frente de Todos.

 

 

En consonancia, la Ley contempla la prohibición a las reparticiones de la administración pública provincial de solicitar la presentación de documentos que contengan información cuyos datos obren en archivos del Estado o en otros bancos de datos de acceso público por medios electrónicos.

 

 

 

VISTO

 

La sanción Ley N°15430 “PRINCIPIO DE UNA SOLA VEZ”;

 

Y CONSIDERANDO

 

Que por la misma se reconoce y plasma el derecho de los ciudadanos de no aportar, en el momento de realizar trámites ante el Estado, aquella información que ya está en poder de éste;

 

Que en consonancia con ello se establece la prohibición a las reparticiones de la administración pública provincial de solicitar la presentación de documentos que contengan información cuyos datos obren en archivos del Estado o en otros bancos de datos de acceso público por medios electrónicos:

 

Que es finalidad de esta propuesta reducir la carga administrativa de los ciudadanos y hacer que las interacciones con las reparticiones públicas resulten más rápidas, eficientes, cómodas y transparentes, y menos costosas;

 

Que también se busca desarrollar por parte del Estado, servicios públicos digitales e interoperables, inclusivos y accesibles, abiertos y transparentes, fiables y seguros, y que requieran que los usuarios no proporcionen información generada por la propia administración pública o que ya haya sido presentada con anterioridad;

 

Que para que los objetivos se puedan lograr es fundamental lograr la interoperabilidad de los sistemas administrativos y de software entre los diferentes organismos y dependencias de la administración pública;

 

Que, en la norma de referencia se contempla tanto la protección de datos personales como la presentación del consentimiento expreso por parte del ciudadano que inicia un trámite cuando se trate de información o datos sensibles o de carácter reservado,

 

Que esta iniciativa parte de un reconocimiento de un derecho ciudadano,

 

Que, por ello es necesario consagrar el derecho del ciudadano a realizar los trámites que le exige el Estado de manera fácil, ágil y segura, sin tener que perder inútilmente tiempo y recursos en brindarle al propio Estado,  información que ya posee en sus archivos informáticos, sus bases de datos, o existentes en documentación física que obra en sus archivos,

 

Que, el Plan de Acción sobre Administración Electrónica de la Unión Europea 2016-2020 señala que “los servicios públicos digitales reducen la carga administrativa de las empresas y de los ciudadanos haciendo que las interacciones con las administraciones públicas resulten más rápidas, eficientes, cómodas y transparentes, y menos costosas”,

 

Que, junto con la Declaración de Tallin y su continuación, la Declaración de Berlín, estos textos ofrecen una visión del desarrollo de unos servicios públicos digitales, transfronterizos e interoperables por defecto, inclusivos y accesibles, abiertos y transparentes, fiables y seguros, y que requieren que los usuarios proporcionen información una sola vez,

 

Que, esta experiencia europea más la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de requisitos y Trámites Administrativos N° 8220/ 2002 de Costa Rica, han sido tenidas en cuenta como antecedentes para la elaboración de la ley sancionada por la H. Legislatura de la Provincia de Buenos AIres, al igual que el proyecto de Ley de “Burocracia Cero” presentado en la H. Cámara de Diputados de la Nación de nuestro país –expediente 3721-D-2017- por los diputados Darío Martínez, Fernanda Raverta, Cristina Álvarez Rodríguez y María Emilia Soria, entre otros, así como también se consideró la Ley Nº 2819-2012 – Ley de Desburocratización de trámites ante todos los Organismos

 

Que la Municipalidad del Partido de Olavarría debe desarrollar  sistemas que agilicen las gestiones de los ciudadanos ahorrando el tiempo  en los trámites, para que así los ciudadanos accedan a un sistema más ágil y flexible;

 

POR TODO ELLO EL INTERBLOQUE FRENTE DE TODOS PROPONE EL SIGUIENTE PROYECTO DE

 

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Municipalidad del Partido de Olavarría en todos sus términos a la Ley Provincial N° 15430.-

 

ARTÍCULO 2.- Encomiendase al Departamento Ejecutivo a implementar las medidas necesarias a los efectos de garantizar la aplicación de lo establecido en la presente, en el Partido de Olavarría.-

 

ARTÍCULO 3.- La presente Ordenanza será refrendada por la Señora Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

 

ARTÍCULO 4.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro de Ordenanzas; cúmplase y oportunamente archívese.-

 



COMPARTIR:

Comentarios